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Los documentos que se quieren ocultar

El director adjunto operativo de la Policía desautoriza ante el juez el informe de Carlos Germán sobre el 'caso Faisán'

El director adjunto operativo de la Policía desautoriza ante el juez el informe de Carlos Germán sobre el 'caso Faisán'

viernes 15 de abril de 2011, 14:29h
> Director adjunto operativo de la Policía: “Las apreciaciones de los investigadores van más allá de lo que debe constituir la praxis policial"

Mala praxis policial del equipo policial investigador del chivatazo al bar Faisán. Así, de esta forma categórica, el director adjunto operativo de la Policía, Miguel Ángel Fernández-Chico, ha desautorizado ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, Pablo Ruz, el informe final de conclusiones sobre el chivatazo policial en el ‘caso Fasián’, elaborado por el comisario Carlos Germán. Esa desautorización en toda regla va unida al informe que Germán envió con fecha 12 de abril al juez Ruz, pero que los medios que se han hecho eco del informe han preferido ignorar.
El pasado 12 de abril salía de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil con destinado al Juzgado Central de Instrucción número 5 el “Informe Final de Conclusiones” del equipo investigador de la Policía que, dirigido por el comisario Carlos Germán, enjuiciaba el chivatazo policial a Joseba Elosúa, dueño del bar Faisán, de Irún, para, supuestamente, imposibilitar la detención del aparato de extorsión de la banda terrorista ETA. El informe de conclusiones había sido solicitado por el juez Pablo Ruz dentro de las Diligencias Previas 59/07 (antes D. P. 86/98-P. Separada) sobre “Revelación de secretos y colaboración con organización terrorista”. Este último informe del equipo dirigido por el comisario Carlos Germán Hernández ha sido filtrado a un medio de comunicación, que lo ha publicado este jueves en su edición impresa, pero obviando dos folios esenciales en la cabecera del informe. Esos dos folios, a cuyo contenido ha tenido acceso Diariocrítico junto al resto del informe, son una explicación del Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, Miguel Ángel Fernández-Chico, en el que este responsable policial desautoriza completamente el informe de Germán Hernández y asegura al juez Pablo Ruz que “las apreciaciones de los investigadores van más allá de lo que debe constituir la praxis policial en supuestos de esta naturaleza”. Fernández-Chico traslada al juez Ruz el informe de Germán Hernández en cumplimiento de lo ordenado en un Auto de 10 de marzo, pero en vez de trasladar el informe tal cual de Carlos Germán se ve obligado a matizar el mismo; una matización que supone una desautorización en toda regla a las conclusiones a las que ha llegado Germán en el ‘caso Faisán’. Estos dos folios de Fernández-Chico han sido obviados, mediáticamente hablando, porque tiran por tierra las principales conclusiones de Carlos Germán sobre el chivatazo a ETA. Las “precisiones” de Fernández-Chico están basadas en el fin de “coadyuvar al mejor desarrollo de las actuaciones judiciales en la referida causa”. Y no tienen desperdicio. Mala praxis policial En su punto número uno, Fernández-Chico dice: “En el informe existen numerosas referencias a miembros del Cuerpo Nacional de Policía (principalmente al Jefe Superior de Policía del País Vasco y al Inspector José Mª Ballesteros Pastor) a quienes se presenta como autores inequívocos de los hechos, sin que los mismos hayan sido declarados judicialmente como tales, considerando que las apreciaciones de los investigadores van más allá de lo que debe constituir la praxis policial en supuestos de esta naturaleza”. En su segundo punto, el DAO le dice al juez que la apreciación que se realiza en el informe de Germán sobre el hecho de que “la naturaleza del móvil es política y se articula en el marco del proceso de negociación” se considera que es “aventurada al no estar sustentada en hechos concretos de la investigación”. Es decir, que Carlos Germán especula sin pruebas de ningún tipo. En el tercer punto, el DAO critica que el informe crete una serie de consecuencias del chivatazo que son “meras hipótesis no sustentadas en hechos reales, efectuando, asimismo, consideraciones genéricas no suficientemente corroboradas por hechos concretos”. Es decir, que reprocha nuevamente las especulaciones para nada científicas del comisario Carlos Germán. Fernández-Chico le dice igualmente al juez que el comisario Germán Hernández falta a la verdad cuando dice en su informe la no realización de la operación policial que debía llevarse a cabo en Francia el 4 de mayo de 2006 –detención de etarras del aparato de extorsión- se debió a las presiones de algunos miembros de la Policía Española, “siendo más cierto que las autoridades Francesas han puesto de manifiesto que el operativo no se realizó por la falta de algunos informes que ellas entendieron como necesarios”. En el punto quinto, Fernández-Chico descalifica el contenido de las páginas 15, 16, 17 y 18 del informe, en las que se justifica la relación profesional entre el Jefe Superior de Policía del País Vasco –Enrique Pamies, imputado en esta causa- y la Jefa de Sección de Análisis de la Brigada Provincial de Información de San Sebastián. El DAO le dice al juez que se dan una serie de datos que “se consideran afectan al ámbito de la lucha antiterrorista, estimando que deben adoptarse, si ese Juzgado lo considera pertinente, las oportunas salvaguardas de seguridad para que los mismos no transciendan del ámbito judicial, considerando, de otro lado, que los investigadores deberían haber buscado otras fórmulas para dejar patente dicha relación sin necesidad de dar los datos concretos que pueden afectar a la lucha antiterrorista”. Es decir, que acusa a Carlos Germán de poner en peligro a personas u operaciones contra ETA. El punto 6 del escrito del DAO al juez Ruz tampoco tiene desperdicio y se refiere a la página 19 del informe de Germán Hernández, donde se manifiesta que la persona que abordó en el bar Faisán y puso el teléfono a Joseba Elosúa era la misma que la que había visto al salir de su domicilio. “Sin embargo”, dice el DAO, “en el informe no se hace alusión alguna al hecho de que el referido Joseba Elosúa no reconoció, en la correspondiente diligencia de reconocimiento en rueda, que dicha persona fuese el Inspector José María Ballesteros Pastor considerando que la omisión de esta circunstancia puede ser jurídicamente relevante”. Y añade el DAO al respecto que en este sentido hay que constatar el hecho de que l”a única tesis del Equipo Investigador tiene por soporte principal las declaraciones de Joseba Elosúa, ignorando, sin embargo, el no reconocimiento expreso por éste del imputado principal por los hechos”. Finalmente, Miguel Ángel Fernández-Chico resalta que el hecho investigado conocido vulgarmente como “el chivatazo” se plantea por el Equipo Investigador como única tesis inequívoca y exclusiva, excluyendo cualquier otra, “sin que se hayan seguido líneas de investigación como el análisis del tráfico de llamadas registradas en las redes telefónicas francesas”.   VEA LA RESPUESTA DEL DAO A LA 'INVESTIGACIÓN' DE CARLOS GERMÁN Lea también: El 'suplente' de Rubalcaba se ventila rápido el Faisán: 'no comments' El PP 'libera' a Rubalcaba del caso Faisán y se dirigirá a Caamaño Nuevo informe policial del 'caso Faisán': el vídeo grabado tiene cortes distintos a los originales 'Caso Faisán': un juez justifica el soplo en un "proceso negociador" La Audiencia mantiene el delito de colaboración con ETA por el 'caso Faisán' Aznar mete en el mismo 'saco' la negociación con ETA, el GAL y el caso Faisán      
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