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Ante la SCJN

Promueve el PRI acción en contra de Código Electoral

Promueve el PRI acción en contra de Código Electoral

viernes 29 de julio de 2011, 01:10h
El Partido Revolucionario Institucional presentó por segunda ocasión una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, por las reformas al Código Electoral del DF que modifican los requisitos para conformar partidos políticos locales. El recurso, firmado por el presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) priista, Humberto Moreira, fue interpuesto este jueves ante el máximo órgano de justicia del país para exigir la invalidez de las reformas hechas a la norma electoral en la ciudad. El instituto tricolor acusó que las últimas adecuaciones que hizo la Asamblea Legislativa el 29 de junio al Código Electoral para modificar los requisitos establecidos en la formación de partidos locales, atentan contra la libertad de asociación de los ciudadanos y el principio de razonabilidad, al promover requisitos excesivos. Esta es la segunda ocasión que el PRI recurre a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para promover una acción de inconstitucionalidad contra reformas al Código Electoral local, principalmente a sus Artículos 214, 215, 223, 224, 231 y 307. La primera fue presentada tras las modificaciones aprobadas el 16 de diciembre, en las que se estableció que para conformar un partido político local se requería al menos de la acreditación de un número de afiliados no menor a dos por ciento de la lista nominal en cada una de las 16 delegaciones. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) también apeló en esa ocasión a la incongruencia de establecer como requisito que se organicen asambleas con una asistencia no menor de mil afiliados en cada una de las jurisdicciones del Distrito Federal. Al atender el asunto, la Corte concedió la razón al PRI y declaró inconstitucional el Artículo 214 del Código, lo que derivó en que el 29 de junio la Asamblea Legislativa de nuevo reformara dicho artículo y con ello los requisitos para la conformación de partidos. Sin embargo, en las nuevas modificaciones los legisladores capitalinos establecieron como requisito acreditar no dos por ciento, sino 1.8 por ciento de afiliados inscritos en las lista nominal distribuidos en por lo menos 30 distritos electorales. Además modificaron la asistencia a las asambleas, al establecer que se realicen 30 con por lo menos 600 afiliados correspondientes a cada distrito electoral. Ante ello, el PRI volvió a considerar "desproporcionados y excesivos" los requisitos y acusó ante la Suprema Corte que con esos lineamientos sólo se obstaculiza, en lugar de promover, la formación de nuevos partidos. Las modificaciones, argumentó el Revolucionario Institucional en su denuncia, atentan contra la libertad de asociación de los ciudadanos y el principio de razonabilidad los legisladores que deben observar para las normas de ese tipo. Incluso señaló que de acuerdo con los criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia, el legislador debe promover criterios de razonabilidad que permitan el pleno ejercicio de ese derecho en la formación de partidos políticos locales. En el recurso, el PRI solicitó a la Corte que declare la invalidez de los artículos. específicamente del 214, a fin de que no se limite "arbitrariamente" el derecho de asociación de los capitalinos.
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