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Reportaje

Los CIE: ¿centros de retención o de internamiento?

Los CIE: ¿centros de retención o de internamiento?

martes 20 de septiembre de 2011, 19:31h
"Desgraciadamente los Centros de Internamiento de Extranjeros no son una anomalía. Forman parte del sistema, de un sistema atroz que sin embargo funciona... como forman parte del sistema americano la pena de muerte y las ejecuciones" afirma María Eugenia Rodríguez Palop, Directora del Instituto Norberto Bobbio de Igualdad y No Discriminación.
Alrededor de 30.000 inmigrantes ilegales se encuentran retenidos en Europa a la espera de ser expulsados a sus países de origen. España ha sido, sobre todo desde principios de siglo, un país receptor de inmigración debido a su situación geográfica. En este sentido, la llegada masiva de cayucos a Canarias en el verano de 2006 obligó a las autoridades a aumentar el número y la capacidad de estos centros.

Actualmente existen en nuestro país diez Centros de Internamiento de Extranjeros, comúnmente conocidos como CIE, con una capacidad para 2.105 personas, aunque se calcula que el número total de internos ronda entre los 2500 y los 3000. Se trata de establecimientos dependientes del Estado cuyo fin es recluir bajo custodia a personas que carecen de documentación legal para permanecer en España y que, como consecuencia de ello, se encuentran en alguno de los supuestos de expulsión previstos por la ley.

Desde su nacimiento, los CIE han sido criticados por su oscurantismo y opacidad ya que el acceso a ellos por parte de la prensa, las ONG y la sociedad civil se ha visto frecuentemente limitado. Resulta desconocido para la mayor parte de la población qué es lo que estos establecimientos esconden tras sus muros. En este sentido, el Observatorio del Sistema Penal de los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona (OSPDH) ha denunciado la falta de transparencia y el secretismo de la Administración a la hora de facilitar información sobre los CIE.

En España carecer de documentación constituye una falta administrativa y no un delito. Por ello, estos establecimientos no son calificados como centros de detención sino de internamiento. Es decir, a los extranjeros que se encuentran en situación irregular se les priva de libertad, no por haber infringido el Código Penal español, sino como medida para asegurar su  expulsión del país. Desde Ferrocarril Clandestino, una red de apoyo madrileña contra las fronteras, se denuncia que "esta medida desproporcionada criminaliza a los inmigrantes lo que implica una mayor desconfianza y hostilidad por parte de la población local que tiende a considerar que los extranjeros son delincuentes (cuando realmente no lo son) y que por este motivo se hallan privados de libertad".

Para las organizaciones sociales, el internamiento debería ser la excepción. Según afirma Marta Martínez Sierra, coordinadora de la oficina de información y denuncias de SOS RACISMO, existen otras medidas cautelares previstas por la Ley de Extranjería que evitarían el ingreso de un extranjero en situación irregular en un CIE, como pueden ser la retirada del pasaporte o la obligación de personarse ante un juez cada semana. "Sin embargo, lo que en un principio debía ser una medida cautelar excepcional en la práctica se ha convertido en la regla".

Numerosos expertos, instituciones y organizaciones sociales critican la existencia de estos centros por considerarlos "limbos jurídicos" donde se vulneran sistemáticamente los Derechos Fundamentales de las personas allí retenidas. "Desde el punto de vista del Derecho todo puede tener justificación  -señala María Eugenia-. De ahí que hayan existido y existan normas injustas y aberrantes. Eso sí, el Derecho no puede autolegitimarse aunque algunos lo pretendan. Por eso, sigue siendo relevante el punto de vista moral y desde esta perspectiva estos centros carecen por completo de justificación".

En primer lugar, se critican las numerosas lagunas de la actual Ley de Extranjería ya  que aspectos esenciales del internamiento de extranjeros siguen sin estar regulados. El blanco de la mayor parte de las quejas es la facultad de la policía (que es la que la que gestiona y financia los CIE) para considerar qué constituye una infracción dentro de un centro y cómo ha de sancionarse. Es decir, se le otorga potestad sancionadora, cosa que no ocurre fuera de los muros de estos establecimientos; ni siquiera en las cárceles.

El otro objeto de las críticas es que estos establecimientos no son penitenciarios pero en la práctica funcionan con un régimen similar al de una cárcel. Eso sí, sin contar con las instalaciones, dispositivos y personal característicos de éstas. Y por supuesto, tampoco se encuentren amparados por las garantías constitucionales con las que cuentan las cárceles. "Claramente existe inseguridad jurídica...porque se trata de centros de retención, que es una contradicción en sus términos, y no centros de internamiento, como se les llama a fin de generar confusión" señala María Eugenia.

María del Carmen Almendral Parra, Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Canarias lo confirma: "Son auténticas cárceles en cuanto a su régimen de funcionamiento a pesar de que su finalidad sea distinta"- señala la Fiscal- "No obstante, constituyen una medida necesaria si se quiere hacer efectiva la expulsión. Este internamiento se produce teniendo en cuenta siempre el respeto de los Derechos Fundamentales. Los internos reciben visitas de su abogado, de su familia, de la Fiscalía...Esto no significa que no existan irregularidades en algún supuesto, pero, desde luego, no son la práctica general".

María Eugenia Rodríguez Palop se muestra más tajante al respecto afirmando que incluso las cárceles son más garantistas que los CIE. "Estos centros se parecen más a ciertos "paraísos de los derechos humanos" -(haciendo alusión a Guantánamo)- que a establecimientos penitenciarios. No hay nada peor que la ideología de la excepcionalidad...que consiste, básicamente, en establecer un margen normativo que permita eludir las normas legalmente. Es tan falaz que resulta casi ingenuo pero, lamentablemente, ha resultado de lo más efectivo".

Según denuncia Ferrocarril Clandestino, las restricciones de acceso a los CIE suponen también una limitación del derecho a la tutela judicial efectiva de los internos que se encuentran retenidos en ellos. Aunque en la Ley de Extranjería se establece que el 100% de los internos contará con asistencia letrada, ya sea de oficio o privada, lo cierto es que el 58% de éstos no sabe quién es su abogado o no pueden contactar con él, según datos del Informe de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado de diciembre de 2009 (CEAR). Esto les situaría, por lo tanto, en una situación  de indefensión jurídica de cara a tomar decisiones sobre su vida y las hipotéticas medidas que podrían tomar al  respecto.

Por si todo esto fuera poco, Miguel Ángel Fernández, Secretario de Acción Social y Riesgos Laborales del Sindicato Unificado de Policía, afirma que los medios con los que cuenta la policía para gestionar estos centros son alarmantemente escasos, "Necesitamos mucho más personal para ocuparnos en condiciones de los CIE. Por poner un ejemplo, el de Madrid tiene más de 200 internos y solamente contamos con ocho policías para vigilarlos".

Otro de los aspectos más controvertidos es la dudosa efectividad de la medida. Según datos proporcionados por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Canarias, de los 26.000 extranjeros que pasaron por los centros de internamiento en Canarias entre 2006 y 2007, sólo el 10% fue finalmente expulsado. El resto eran enviados en avión a la Península donde se les ponía en libertad. Hoy en día, según la red de apoyo, Ferrocarril Clandestino, la cifra de expulsados no llega al 30%. Cifras que avalan que el internamiento no cumple con la finalidad para la que fue concebido.

Numerosas ONG denuncian que estos hechos convierten a los CIE en paraísos donde reinan la arbitrariedad y la inseguridad jurídica. Espacios que desmienten el "mito de la Europa-fortaleza" donde no imperan el respeto de los Derechos Humanos básicos y ni el cumplimiento de las leyes que los garantizan.

No obstante, la solución se antoja complicada. La actual situación de crisis parece haber empeorado las perspectivas de los extranjeros sin papeles en nuestro país. Según María del Carmen Almendral "los centros son la única solución posible. El motivo del internamiento es muy concreto, la expulsión de los ilegales, y durante el tiempo de internamiento (60 días como máximo) se respetan escrupulosamente los derechos de los internos". 

Ante este panorama, las organizaciones sociales proponen medidas para mejorar la situación de los "sin papeles" mientras no se acuerde su supresión. Estas pasan por conseguir una mayor independencia estructural de los CIE para que estos tengan una perspectiva social y  no carcelaria, más acorde con lo previsto en la Ley de Extranjería. Por otro lado, se propone que la asistencia médica a los internos deje de depender de la propia policía, consiguiendo así  un control efectivo de hipotéticas agresiones a los internos y una mayor inserción en el conjunto del sistema sanitario. Por último habilitar visitas periódicas de la delegación en España del Acto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y de las organizaciones reconocidas de asistencia a los refugiados  para la detección de casos de asilo.

A la vista de estos datos deberíamos preguntarnos si vivimos en un estado suficientemente garantista de los Derechos Humanos. María Eugenia Rodriguez Palop asegura que "eso depende del sujeto objeto de la garantía. Para algunos se trata de un estado muy garantista y para otros, no lo es en absoluto...la mayor parte de la gente que está en estos centros es considerado, simplemente, un "no-sujeto".


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