www.diariocritico.com

El PP introduce la 'discriminación positiva' en la Ley Electoral

Así quiere impedir Rajoy el avance de los radicales en el País Vasco

Así quiere impedir Rajoy el avance de los radicales en el País Vasco

miércoles 25 de julio de 2012, 17:04h
Dicen que no tienen datos concretos, pero sí que los tienen: el Gobierno de Rajoy espera que unos 300.000 electores que ya no residen en el País Vasco por amenazas terroristas puedan votar en sus antiguos municipios en próximas elecciones. La reforma de la Ley Electoral, para la que ya hay un anteproyecto, no llegará a tiempo de impedir que Bildu suba espectacularmente en los comicios autonómicos de 2013, pero sí entrará en vigor para los comicios europeos de 2014... y en los siguientes procesos electorales. Para ello, el Ejecutivo introduce la mal llamada 'discriminación positiva'.

Quien hizo la ley hizo la trampa. El gobierno de Mariano Rajoy va a modificar la Ley Orgánica 6/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para permitir que quienes fueron residentes en el País Vasco por al menos cinco años y dejaron su lugar de residencia por supuestas amenazas terroristas, puedan votar ahora en sus antiguos municipios, residan donde residan dentro del territorio nacional.

Ya existe un anteproyecto de ley elaborado en por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en cuya exposición de motivos se afirma lo siguiente: "Entre quienes abandonaron el País Vasco, sopesando el riesgo real de las amenazas, queda un cierto poso de derrota y de rabia"; un sentimiento al que, según el Gobierno, hay que dar salida y reparación a través de "reforzar su sentimiento de pertenencia y de participación en la vida de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Según el referido Informe, junto al imprescindible reconocimiento del daño injusto sufrido".

Así, como fórmula de 'reparación', el Gobierno de Rajoy quiere que el presente proyecto de ley contribuya de forma significativa a "este tercer objetivo, reconociendo a estos ciudadanos un derecho de opción que les permita, a través del ejercicio de su derecho de sufragio, seguir participando activamente en la vida política de la comunidad de la que fueron ilegítimamente excluidos por no compartir el proyecto etarra". El proyecto se amplía a Navarra, porque "en Navarra también nos encontramos con este tipo de víctimas, el proyecto de Ley extiende este derecho de opción a los ciudadanos que tuvieron que abandonar Navarra por causa de las presiones de ETA y de su entorno".

ETA 'modificó' el censo electoral vasco

El proyecto gubernamental parte de la base de que se produjo "una modificación del censo electoral de determinadas localidades del País Vasco y Navarra, puesto que del mismo fueron excluidos todos aquellos que tuvieron que abandonar su domicilio por causas no voluntarias, sino por la coacción del entorno etarra", y por ello "muchos ciudadanos vascos y navarros perdieron su derecho de sufragio en sus localidades de origen".

Frente a esa situación, el Gobierno del PP quiere justificar la modificación de la Ley Electoral, argumentando que "sólo desde un formalismo extremo, cuya insensibilidad hacia las víctimas resulta incompatible con el debido respeto a las mismas, podría objetarse que la pérdida del derecho al sufragio en el lugar de residencia obedece exclusivamente al traslado de domicilio, y por lo tanto, nada hay que reparar".

"En definitiva", dice el proyecto gubernamental, " el presente proyecto de ley no pretende otra cosa que restablecer la integridad del censo electoral, impidiendo -en la medida de lo posible puesto que varios cientos de personas asesinadas por ETA no podrán votar nunca más- que la depuración del mismo llevada a cabo por ETA despliegue sus efectos sobre la realidad política del País Vasco y de Navarra".

¿Una reforma constitucional?

Anticipándose a posibles demandas de inconstitucionalidad, el Gobierno argumenta que "la justificación constitucional de este proyecto es muy clara. La adopción de esta medida exigida por elementales principios de Justicia, y tendente a la reparación de las víctimas de ETA y su entorno, supone introducir en el ordenamiento jurídico una excepción a favor de un determinado grupo de personas".

Es decir, que echa mano del manido argumento de la 'discriminación positiva', y añade: "Hay pues un claro fundamento constitucional para la ruptura del vínculo entre residencia y lugar del ejercicio del derecho de sufragio".

En ese sentido, sigue argumentado el Gobierno que el presente proyecto de ley establece que las personas que hubieran residido en las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra y se hubieran desplazado a otra como consecuencia de la presión de la violencia terrorista "dispondrán de la posibilidad de volver a ejercer el derecho de sufragio activo en el lugar de su anterior residencia".

Pero se ve muy clara la intencionalidad del Gobierno: "Dadas las especificidades del colectivo a que se dirige, se ha considerado necesario que resulte aplicable a todas las elecciones democráticas que se celebran en nuestro país, incluidas las municipales, que su ejercicio no requiera voto rogado, sino que la Administración Electoral envíe al elector, de oficio, la documentación necesaria, y que sea computado en las Mesas electorales".

Requisitos para votar sin estar


El Gobierno establece algunos requisitos para introducir esta situación de excepcionalidad en la ley. En primer lugar, haber acreditado la residencia en el País Vasco o en Navarra con anterioridad al 31 de diciembre de 2011 y con posterioridad al 15 de junio de 1977. "Con esto último se pretende que la norma sea aplicada exclusivamente a quienes efectivamente dispusieron de derecho de sufragio y por ello pudieron votar en el País Vasco y Navarra, y no a quienes trasladaron su residencia durante la dictadura", dice el proyecto gubernamental.

Se establece un plazo mínimo de residencia de cinco años en Euskadi o Navarra antes de abandonar ambas comunidades; y se establece una declaración del interesado de que las razones de su traslado son las expresamente previstas en el texto legal, es decir, por amenazas terroristas: "Esta declaración gozará de una presunción de veracidad y cumplirá dos objetivos. El primero, justificar la legitimidad constitucional del trato desigual. El segundo, impedir que fuera utilizado por quienes estuvieron más cerca de los verdugos que de las víctimas".

El Gobierno presupone, con razón, que quien tuvo que abandonar el País Vasco o Navarra como consecuencia de la violencia terrorista no votará, precisamente, a formaciones de la izquierda abertzale como Bildu o Sortu. De esta manera, Rajoy y su ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, esquiva al Tribunal Constitucional, que legalizó Bildu en fechas recientes. En definitiva, en teoría supone una fórmula para que los nacionalistas vascos no alcancen el poder a partir de cuando entre en vigor esta reforma.

Ahora bien, no va a dar tiempo a que la reforma se aplique a los comicios autonómicos vascos a celebrar a más tardar en junio de 2013. Así, en la presentación del informe elaborado por el grupo de expertos encargado por el Ministerio del Interior para estudiar la posibilidad, Fernández Díaz ha sostenido que se trata de una reforma "pensando en las próximas generaciones y no en las próximas elecciones", algo que da "aún más legitimidad" al Gobierno para poner en marcha la modificación.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
2 comentarios