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Los tribunales tumban las directrices de Interior y Defensa

La Justicia anula los 'dedazos' del Gobierno en los destinos de la Guardia Civil

La Justicia anula los 'dedazos' del Gobierno en los destinos de la Guardia Civil

miércoles 06 de marzo de 2013, 11:24h
Están de enhorabuena en la Unión de Oficiales (UO) de la Guardia Civil: han conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anule la convocatoria de destinos por el sistema de Libre Designación. El Benemérito Cuerpo mantiene en la actualidad 25.000 puestos de trabajo que se asignan por ese sistema, pero ya el pasado 9 de enero, una sentencia de la Audiencia Nacional condenaba a Interior por "arbitrariedad" en la asignación de destinos.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, presidida por Gerardo Martínez Tristán, ha anulado una convocatoria completa en la Guardia Civil en la que se anunciaban vacantes de libre designación, y lo ha hecho por suponer "una arbitrariedad no amparada en derecho". Esta sentencia supone un nuevo varapalo para la política que siguen los Ministerios de Defensa e Interior ya desde los tiempos de Rodríguez Zapatero, política perpetuada por el Gobierno de Mariano Rajoy.

Esta sentencia es consecuencia de un recurso interpuesto por la Unión de Oficiales (UO), asociación de mandos de la Guardia Civil que lleva años denunciando el "abusivo uso del sistema de Libre Designación, contrario a lo que establece la Ley". Como quiera que la Dirección General de la Guardia Civil viene mirando hacia otro lado y haciendo oídos sordos a este problema, la Unión de Oficiales acudió a los tribunales para demostrar que la Dirección de la Guardia Civil lleva años "actuando mal e incumpliendo la Ley".

De esa forma, la Unión de Oficiales recurrió una convocatoria de destinos de alféreces y otra de tenientes que se hacían por el sistema de libre designación. La Ley 42/1999 de Personal de la Guaria Civil establece tres sistemas: antigüedad, concurso de méritos y libre designación.

Sin embargo, la Ley y el Real Decreto que regula la provisión de destinos establece que sea una Orden Ministerial la que diga cuáles son los puestos se pueden cubrir por el sistema de Libre Designación. Esa Orden Ministerial que habría de justificar qué puestos se pueden cubrir por ese sistema no existe, motivo por el que el Tribunal anula la convocatoria, ya que no hay norma que habilite a considerar los puestos anunciados como de Libre Designación.

No obstante, no deja de llamar la atención el Fundamento de Derecho Sexto de la Sentencia, en el que se dice que se estima el recurso de la Unión de Oficiales "en esencia", pero no en todo. Esto se debe a que la Unión de Oficiales solicita que, ante la inexistencia de la Orden Ministerial que permita las convocatorias de Libre Designación, el sistema que de debe utilizar es el de provisión por Antigüedad.

El Tribunal, sin embargo, no comparte esta última opinión, pues dice que hay otro sistema más, el de concurso de méritos. Pero desde la UO afirman que el tribunal olvida que "el sistema de Concurso de Méritos, al igual que el de Libre Designación tampoco está desarrollado e implantado en la Guardia Civil".

De ese modo, la imprecisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sólo sirve para evitar la derrota jurídica total del Gobierno y que no se condene en costas a la Administración.

En todo caso, la sentencia anula la convocatoria recurrida por la Unión de Oficiales y "queda demostrado que el uso que viene haciendo la Guardia Civil de la asignación de puestos mediante el sistema de libre designación (25.000 puestos de trabajo) es arbitraria y no tiene cobertura legal".

Hay que señalar que no cabe recurso contra la sentencia, y que la ejecución de la misma podría suponer indemnizaciones para muchos afectados.


 
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