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El Supremo obligará a establecer vigilancia para los condenados por delitos sexuales tras salir de prisión

El Supremo obligará a establecer vigilancia para los condenados por delitos sexuales tras salir de prisión

lunes 01 de diciembre de 2014, 16:50h
El Tribunal Supremo ha establecido la obligación de imponer la libertad vigilada como medida a cumplir por el penado por delitos sexuales tras salir de prisión. Enmienda así una sentencia de la Audiencia de Barcelona que obvió la medida en una sentencia dictada contra un octogenario que fue sorprendido ofreciendo dinero a menores por tocarles los pechos en las inmediaciones de un colegio.
En este caso, la sentencia condenó al anciano a dos años de prisión por dos delitos de abusos aunque no le impuso la medida de libertad vigilada introducida en una reciente reforma del Código Penal por entender que no procedía dada la avanzada edad del agresor, 79 años en el momento de cometerse los hechos. Aducían que la pena había sido suspendida y el hombre no iba a entrar en prisión.

En respuesta a un recurso de la Fiscalía, el Supremo establece que la libertad vigilada es obligatoria como medida postdelictiva en delitos sexuales salvo las excepciones previstas en el Código Penal, que autoriza a prescindir de ella para el delincuente primario al que se condena por un único delito.En este caso se condenó a Juan. R.M. por entablar confianza con dos niñas de 10 y 12 años a las que veía pasar diariamente frente al bar "Los Maños" cuando caminaban hacia la escuela  de Sant Boi De Llobregat.

Un día que una de las pequeñas iba sin su amiga, Juan le pidió que le acompañara a unos matorrales y le ofreció dos euros a cambio de tocarle los pechos por encima de la ropa.

Una vez entregada la moneda, y antes de que pudiera ejecutar acción alguna pasó casualmente por el lugar el conserje del colegio, lo que provocó que la niña y el anciano se separaran precipitadamente. El portero sospechó de la situación y avisó a la jefa de estudios, que dio la alarma a la Policía. Meses más tarde, el hombre hizo el mismo ofrecimiento a las dos niñas, pero esta vez, al estar siendo seguido por la policía, fue detenido. 


La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, entiende que no es razonable cerrar la puerta que el legislador mantiene accesible hasta que llegue el momento de concretar la medida en el caso concreto. Por ello establece que la libertad vigilada, en este caso por un tiempo de cinco años, debe incluirse en la sentencia dictada contra el anciano.
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