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Una jueza ordena a la Comunidad y al Ayuntamiento paralizar el derribo de las últimas chabolas de El Salobral

lunes 28 de abril de 2008, 13:28h
La jueza de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, Gema Ortega, ha ordenado a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Madrid la paralización del derribo de una de las últimas chabolas que quedan en pie en el poblado de El Salobral, en el que se prevé sustituir las infraviviendas por otras de protección oficial y por un polígono industrial que revitalice el distrito de Villaverde.
En este poblado chabolista, con una superficie de 22 hectáreas, vivían en precarias condiciones de salubridad alrededor de más de 1.200 personas, de las que la mayoría han sido ya desalojadas. Una de las familias que reside todavía en la zona llevó el caso a los tribunales, que ahora le da la razón por no existir "interés público" en el desmantelamiento de su casa para los planes del Gobierno municipal.

En un auto hecho público este miércoles, la magistrada acuerda acceder a la petición de paralización del derribo de la chabola, situada en el Sector 3. Este procedimiento judicial se inició con la interposición de un recurso por una familia contra la negativa de la Dirección General de Urbanismo de parar una orden de desalojo de la infravivienda con un reducido plazo de 15 días. La jueza acuerda en la resolución la suspensión del desalojo, esgrimiendo que el Ayuntamiento de Madrid "no alega ni prueba en qué medida se impide -con el derribo- la ejecución del planeamiento" que tiene previsto llevar a cabo en la zona.

Sustenta su decisión en "la especial protección" de la casa del recurrente "con rango constitucional, el desarraigo social y la situación de angustia" que provocaría la medida ordenada por Urbanismo, sin que "exista un interés público especialmente comprometido de suspenderse el acto administrativo". En esta línea, se refiere al artículo 24 de la Constitución, que establece que "todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los que jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión", aludiendo de manera implícita al derecho a tener una vivienda.

Sin pérdida de riqueza
Aludiendo a la doctrina del Tribunal Supremo, recuerda que "toda orden de demolición por su propia naturaleza implica la destrucción de riqueza material, por lo que, si se ejecuta antes de la culminación del proceso pendiente en el que se tiene que decidir acerca de su procedencia y legalidad, puede dar lugar, en el caso de que quede revocada posteriormente a perjuicios de muy difícil reparación". En el presente caso, la magistrada recalca que, si bien "se trata de una chabola y, por tanto, quizá no podría sostenerse que su demolición suponga pérdida de riqueza, lo cierto es que la misma constituye el domicilio del recurrente y su familia".

El abogado Roberto Alonso Martín, que defiende a la familia, lamentó que la mayoría de las personas que vivían en El Salobral hayan abandonado sus hogares sin acudir a la Justicia, que ahora se ha puesto de su lado ante su sorpresa. Martín decidió solicitar una medida cautelar contra el desalojo, puesto que el convenio entre la Comunidad y el Consistorio "no estableció ningún límite de tiempo" para que los vecinos dejaran el lugar. "Se inventaron un plazo para que esta familia dejara su casa", recriminó el letrado, quien adelantó que prevé presentar una querella contra la Comunidad por supuestas coacciones y amenazas contra la familia.
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