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El Senado aprobó la ley

Presidente y Prefectos van a Referéndum revocatorio

Presidente y Prefectos van a Referéndum revocatorio

viernes 09 de mayo de 2008, 06:43h

El Poder Legislativo sancionó este jueves la Ley de Referéndum Revocatorio del Mandato Popular del Presidente de la República, del Vicepresidente y de los prefectos de departamento de Bolivia, propuesta por el Jefe de Estado y aprobada por la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2007 y ratificada en esta jornada por el Senado.

     El presidente del Senado, Oscar Ortiz, remitió al Poder Ejecutivo para fines constitucionales y su promulgación o su veto, que debe asumirlo el presidente Evo Morales en el plazo de hasta 10 días.

    El proyecto de ley fue presentado por el Poder Ejecutivo ante la Cámara de Diputados, el mismo que fue aprobado aproximadamente hace 4 meses en esa instancia y este jueves en el Senado la sancionó, a nombre del Poder Legislativo, con el apoyo de parlamentarios del oficialismo como de la oposición.

EVO TOMO LA INICIATIVA

    El 5 de diciembre de 2007, fue el presidente Evo Morales Ayma quien propuso a todos los prefectos del país someter a un referéndum revocatorio el mandato del Presidente de la República y de los nueve prefectos del país.

    En rueda de prensa, el Jefe de Estado dijo entonces que la decisión fue asumida para dar al pueblo la palabra definitiva si está con el proceso de cambio o prefiere la vigencia del sistema neoliberal.

    "Quiero plantearles y les propongo a los prefectos conservadores y no conservadores, a los nueve prefectos del país, someternos juntos a un referéndum revocatorio, que el pueblo diga si está con el cambio o no está con el cambio", plateó ese día Morales.

    "Todos democráticamente nos sometamos a este referéndum revocatorio para que el pueblo diga su verdad. Que el pueblo diga sí o no a este proceso de cambio", sentenció el Primer Mandatario.

    Luego de tres días de debate, la Cámara de Diputados aprobó el sábado 15 de diciembre de 2007 el proyecto de Ley de Referéndum Revocatorio de Mandato Popular y lo remitió a la Cámara Alta.

    El proyecto de norma fue aprobado en la 113ava sesión ordinaria, la cual se caracterizó por las críticas de la oposición al proyecto, pues los parlamentarios opositores, durante sus intervenciones, entonces rechazaron el proyecto de ley con el argumento de que existirían varias observaciones a los artículos.

    Entretanto, los legisladores del oficialismo pidieron ese día que se apruebe el proyecto del Ejecutivo, pues consideraron que es una norma legal que está respaldada por la Constitución Política del Estado y las leyes del país.

PRESIDENTE – VICEPRESIDENTE

    La pregunta que los bolivianos deberán responder en las urnas en el Referéndum Revocatorio Nacional, en el caso del Presidente y del Vicepresidente de la República es la siguiente:

    ¿Usted está de acuerdo con la continuidad del proceso de cambio liderizado por el Presidente Evo Morales Ayma y el Vicepresidente Álvaro García Linera?

    De acuerdo con ley sancionada, en el caso del Presidente y Vicepresidente de la República, para que proceda la revocatoria, la votación por el “No” a la consulta del referéndum deberá superar 1.544.374 votos, lo que equivale a un porcentaje mayor al 53,740 por ciento, obtenido por el binomio Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera, en las elecciones del 18 de diciembre de 2005.

PREFECTOS – PREGUNTA

    La pregunta que los bolivianos deberán responder en las urnas en el Referéndum Revocatorio Nacional, en el caso de los prefectos es la siguiente:

    ¿Usted está de acuerdo con la continuidad de las políticas, las acciones y la gestión del Prefecto del Departamento?

    En el caso de los prefectos de departamento el resultado del referéndum por el "No" también deberá superar las votaciones y porcentajes alcanzados en las últimas elecciones.

    En La Paz, el sufragio para revocar el mandato del prefecto José Luis Paredes (Podemos) el “No” deberá ser superior al menos con un voto a los 361.055 sufragios igual a un 37,988 por ciento.

    En Chuquisaca, el prefecto David Sánchez renunció a su cargo y está en proceso de electoral con tres candidatos en carrera. El nuevo Prefecto será seleccionado el 29 de junio próximo.

    En Pando para la revocatoria de la gestión del prefecto Leopoldo Fernández (Podemos), se precisará que el voto por el “No” sume más de 9.958 votos equivalente a 48,032 por ciento.

    En el caso del Beni, para que el prefecto Ernesto Suárez Satori (Podemos) sea removido de su puesto porque la gente no está de acuerdo con su gestión, se necesitará que el voto por el “No” supere los 46.842 votos por los que fue electo, equivalente a un 44,637 por ciento.

    En el caso de Santa Cruz, para que el prefecto Rubén Costas (APB) sea removido de su puesto porque la gente no está de acuerdo con su gestión, se precisará que el voto por el “No” supere los 299.730 votos por los que fue electo, equivalente a 47,877 por ciento.

    En Oruro, para remover al prefecto Alberto Aguilar (MAS), las personas que no estén de acuerdo con su gestión deberán superar con el voto por el “No” los 63.630 sufragios conseguidos, equivalente a un 40,954 por ciento.

    En Potosí, el prefecto Mario Virreira (MAS) fue electo por 79.710 votos, es decir un 40,690 por ciento. Para que sea removido de su cargo quienes no están de acuerdo con su administración deberán superar con los votos por el “No”, al menos con uno, aquella cifra.

    En Tarija para revocar al prefecto Mario Cossío, ex militante del MNR ahora con la agrupación Camino al Cambio, el “No” a su gestión debe estar más por encima de 64.098 sufragios por los que fue electo, equivalente al 45,646 por ciento.

    En Cochabamba el prefecto Manfred Reyes Villa, ex jefe de Nueva Fuerza Republicana (NFR), ahora con la agrupación ciudadana Alianza de Unidad Cochabambina (AUC); la votación por el “No” a su gestión debe superar al menos con un sufragio los 246.417 votos que consiguió, equivalente al 47,641 por ciento.

PODEMOS

    Al respecto, el senador Jorge Aguilera (Podemos) dijo que si el Primer Mandatario no promulga la Ley del Referéndum Revocatorio Popular, en diez días de forma automática el presidente de la Cámara de Senadores, Oscar Ortiz puede hacerlo. Sin embargo, de acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE) es el presidente nato del Congreso Nacional quien debe promulgar la ley si el Mandatario no la veta ni la promulga en el plazo de diez días.

    “La sanción de esta ley debe ser promulgada por el Presidente del República y convocar a elecciones al cumplimiento del referéndum revocatorio de su mandato, del Vicepresidente y de los prefectos en un plazo máximo de 90 días”, explicó el legislador Aguilera.

    Afirmó que esta aprobación se ha impulsado porque consideran que es uno de los elementos fundamentales para poder destrabar la crisis política.

MAS

    Entretanto, el senador oficialista, Antonio Peredo, dijo que la aprobación de dicha ley fue realizada tal como fue propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobada en primera instancia por la Cámara de Diputados.

    “La oposición quiere que el Presidente tome una definición en un momento difícil y el propósito es que el Mandatario tenga una mayor diferencia con los prefectos”, afirmó.

    Recordó que el fin de este referéndum revocatorio cuando fue enviado el pasado año, era para definir en qué sentido el pueblo boliviano se manifestaba con relación a los proyectos radicalmente opuestos.

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