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Autorizados más de 400 festejos taurinos en el primer semestre de 2008

domingo 13 de julio de 2008, 10:55h
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, ha autorizado en este primer semestre del año un total de 405 festejos taurinos, una cifra que supone un incremento del dos por ciento con respecto a las mismas fechas del año pasado, en la que se habían autorizado 397 expedientes.
Estos festejos taurinos populares forman parte activa de las costumbres y tradiciones de los municipios de la región, tal y como lo demuestran las 133 localidades que anualmente solicitan la autorización para la celebración de este tipo de espectáculos.

A los festejos autorizados en 2008 hay que añadir el impulso que han protagonizado las novilladas sin picadores. El año pasado se celebraron un total de 79 novilladas sin picadores y hasta la fecha han sido autorizados un total de 23 festejos de este tipo, tres más que los autorizados el año pasado por las mismas fechas.

La Comunidad de Madrid recuerda una vez más la importancia del cumplimiento de la normativa vigente para que este tipo de actos se desarrollen sin incidentes y todo el mundo pueda disfrutar de ellos con seguridad y tranquilidad.

Entre los requisitos legales exigidos, destaca la necesaria disposición de los seguros que garanticen la cobertura de contingencias que las personas y bienes puedan padecer durante el desarrollo de los festejos, las certificaciones expedidas por técnicos cualificados acreditativas del estado de solidez de las instalaciones y la adecuación del recorrido de los encierros a la dotación de la cobertura sanitaria del evento, a través de medios de asistencia. En cuanto a los animales, se prohíben todos aquellos espectáculos que impliquen su maltrato, en especial aquellos que consistan en atarles o prender fuego a sus astas.

 Respecto a los recorridos por los que transcurren los encierros, también los Ayuntamientos deben cumplir unas estrictas normas de seguridad. El recorrido máximo será de 1.000 metros. En caso de que tradicionalmente la distancia sea mayor y siempre que discurra por vía urbana y se acrediten las medidas de seguridad necesarias, se podrá ampliar a un máximo de 1.500 metros, con la  autorización previa de la Administración.

Todo el recorrido deberá estar vallado vertical u horizontalmente y deberán habilitarse salidas para garantizar la evacuación de posibles heridos y puertas que permitan sacar a las reses en el caso de que resultasen heridas por accidente. En los tramos curvos donde exista excesiva luz o grave peligro de choque de las reses, el vallado deberá cegarse por su parte exterior. Si la afluencia prevista de público lo aconseja, la Comisión Organizadora del Encierro podrá aprobar un doble vallado que aísle a los corredores de los participantes.

Además, deberá estar disponible, como mínimo, una ambulancia cada 500 metros y adicionalmente, una ambulancia por cada 5.000 intervinientes y espectadores. Todas ellas serán de asistencia urgente, siendo al menos una de ellas de asistencia intensiva.

En plazas de toros no permanentes y portátiles o recintos cerrados, la enfermería no deberá estar a más de 50 metros de la plaza o recinto. En cualquiera de estos recintos donde la enfermería no asegure un equipamiento adecuado deberá contarse durante todo el festejo con una ambulancia de asistencia intensiva, tipo UVI Móvil.

Consejos para los aficionados

Se recuerda que los aficionados que vayan a participar en estos festejos, en ningún caso deben ser menores de dieciséis años, deben contar con un buen estado de forma física, así como emplear un calzado adecuado que permita la mejor adherencia al firme por el que transcurra el encierro o al suelo donde se celebre la suelta para evitar caídas y está expresamente prohibido correr con objetos que dificulten el desarrollo de la carrera así como con botellas, vasos o cualquier instrumento que pueda dañar a los animales.

Asimismo, no podrán participar aquellas personas que presenten síntomas de intoxicación alcohólica o por cualquier tipo de sustancias ni de enajenación mental.
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