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José Luis Escrivá
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José Luis Escrivá (Foto: Moncloa)

El Gobierno aprueba un decreto para regular la actividad de los influencers

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 30 de abril de 2024, 14:51h

El mundo de los influencers y los creadores de contenido ha crecido de forma exponencial en los últimos años. Unas nuevas profesiones que dada su rapidez y novedad, están en un limbo de actividad económica en cuanto a requisitos y obligaciones.

El Gobierno lleva tiempo trabajando en una legislación para regular esta nueva forma de trabajo que cada vez más dinero mueve.

España es uno de los países con más influencers y estas 'personas de relevancia' llegan a un número elevado de personas, especialmente menores, por lo que sus contenidos afectan a temas muy importantes.

Se ha denunciado que muchos no catalogan bien qué publicaciones son publicidad, contenidos patrocinados o colaboraciones pagadas y hacen pasarlo por creaciones orgánicas.

Además de polémicas por anunciar o promocionar productos sanitarios, tratamientos estéticos, apuestas deportivas...etc.

Con el nuevo real decreto aprobado hoy en el Consejo de Ministros el Ejecutivo ha acotado más las obligaciones y requisitos de los creadores de contenidos.

Una normativa que tendrán que cumplir o de lo contrario se les podrá sancionar.

¿Qué es un influencer para el Gobierno?

El primer paso para establecer una normativa es definir qué es o que se entiende por influencer, algo que el ministro de Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha señalado así:

Se entiende por influencer a los "usuarios de especial relevancia" que cumplan estos 3 criterios:

  • Ingresos iguales o superiores a 300.000 euros el año anterior
  • 1 millón de seguidores en una única plataforma o 2 millones en la suma de todas
  • Compartido 24 o más vídeos al año

Registro de influencers

Según lo que ha avanzado el ministro, los creadores de contenido que cumplan estos requisitos tendrán que inscribirse en el Registro Estatal de prestadores en el plazo de 2 meses.

A partir del momento de inscripción estarán obligados a cumplir con la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual, como identificar los espacios publicitarios o no hacer publicidad de tabaco, medicamentos o alcohol, es decir, sus obligaciones se homologarán con la de otros agentes audiovisuales", ha remarcado.

El objetivo es dotar de mayor seguridad tanto a los creadores como a su audiencia, ha enfatizado el ministro.

Por ello se les ha equiparado en varios aspectos a otros actores del panorama audiovisual para que todos tengan una legislación más clara.

Entre otras obligaciones, el ministro ha detallado la necesidad de etiquetar los contenidos por edad si se habla de productos o temas sensibles o inapropiados para menores, seguir un código de conducta que se acordará con la CNMV, etiquetar de forma expresa y visible todo lo que sea publicidad, y tendrán prohibido anunciar alcohol, tabaco, medicamentos o productos que generen daños psicológicos a menores.

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