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Tras las preguntas del PSOE sobre si hubo tráfico de influencias

Justicia niega relación del hijo de Gallardón con el indulto al kamikaze

Justicia niega relación del hijo de Gallardón con el indulto al kamikaze

miércoles 16 de enero de 2013, 18:55h
El hijo de Alberto Ruíz-Gallardón que trabaja en el despacho de abogados de Uría y Menéndez no tuvo ninguna relación con el indulto al conductor kamikaze que mató a una persona, según aseguran fuentes del Ministerio de Justicia, quienes precisan que éste no estaba en España cuando se produjo la tramitación y además trabaja en el área Mercantil del bufete, no en el área Penal.
Fuentes del citado Ministerio realizaron estas precisiones después de que el PSOE haya solicitado que la Fiscalía investigue si se ha producido tráfico de influencias en la concesión de esta medida de gracia por parte del Gobierno a un condenado a 13 años de prisión, por haber conducido durante cinco kilómetros en sentido contrario por la A-7, y provocado un accidente que mató a un joven e hirió a su acompañante.

   En este sentido, señalan que el hijo del ministro es uno de los 538 abogados que trabajan en las 15 oficinas que tiene en el mundo el bufete de Uría y Menéndez, despacho al que pertenece el abogado que defendió al condenado. Explican también que José Ruiz-Gallardón Utrera trabaja en el área Mercantil del despacho, mientras el abogado del caso es del área Penal y además, no se encontraba en España cuando se produjo la tramitación del expediente de indulto, ya que estaba destinado en la oficina de Brasil.

Si se aparcan los indultos de Uria se discrimina a los clientes

  Las mismas fuentes argumentan que si se aparcaran todos los indultos que solicitan los condenados que son defendidos o asesorados por abogados relacionados con el despacho de Uría por el simple hecho de que el hijo del ministro trabaja en el, se estaría negando el derecho a los clientes de ese bufete a la posibilidad de obtener una medida de gracia y sería discriminatorio en relación con los clientes de otros despachos de abogados.

   El indulto no contó con informe favorable de la Fiscalía, ni de la Audiencia Provincial, que había condenado a Ramón Jorge Ríos Salgado  a 13 años de cárcel por un delito de conducción con grave desprecio a la vida de los demás, en concurso ideal con un delito de homicidio, en delito de lesiones, una falta de lesiones y una de daños.

   Pero fuentes del Ministerio de Justicia explican que la medida de gracia se adoptó al tener en cuenta el informe favorable de la prisión y los condicionantes "médicos y personales" del condenado.

   Los informes del Centro Penitenciario de Alicante reflejaban factores de adaptación como el ingreso voluntario en prisión, el abono íntegro de las responsabilidades civiles a los perjudicados, la buena conducta penitenciaria, el apoyo familiar, la cualificación laboral, la ausencia de adicciones, el hecho de que fuera el primer que había cometido, antigüedad en los hechos delictivos, el que fuese un delito ocasional, el largo periodo en libertad provisional sin que constasen nuevos delitos y un pronóstico de reincidencia muy bajo.

   También se tuvo en cuenta el trato educado, respetuoso y responsable, la ausencia de sanciones y expedientes disciplinarios, las muestras inequívocas de arrepentimiento y la participación activa en programas de tratamiento relacionados con la seguridad vial.

Episodio de epilepsia en el momento de los hechos

  El Gobierno también consideró, para la aprobación del indulto, la información sobre las condiciones médicas y personales, en concreto, el episodio de epilepsia prolongada durante el tiempo de los hechos que sufrió el condenado, según alegó su abogado.

   Las fuentes consultadas señalan que el fin reeducador y de reinserción social que deben tener las penas de prisión implican un fin humanitario del sistema punitivo que, dicen, debe evitar el ingreso en prisión, si ello es posible, de las personas rehabilitadas.

  Y en este caso, argumentan que se trata de una persona rehabilitada y eso se ha tenido en consideración para la concesión del indulto, que permite dejar de cumplir la pena de cárcel que estaba cumpliendo con la condición de que cumpla varios requisitos: pago de una multa de seis euros diarios durante dos años; abono íntegro de las responsabilidades civiles y no comisión de ningún delito durante cinco años.

   Desde el Ejecutivo precisan que tratan con una sensibilidad especial los casos relacionados con la seguridad vial y por ello, el número de indultos no es elevado en relación con estos asuntos. Sin embargo, explican que el hecho de que se hayan producido más en 2012 que en 2011, se debe a que durante el pasado ejercicio, el aumento de peticiones de indulto por asuntos de seguridad vial fue de 1.251, muy superior a las solicitudes de 2011, que ascendieron a 864.

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