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Le condenaron por violación a su pareja, pero alega que le acababan de operar y no podía haber hecho esos 'esfuerzos'

Le condenaron por violación a su pareja, pero alega que le acababan de operar y no podía haber hecho esos 'esfuerzos'

jueves 01 de diciembre de 2016, 13:44h

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condenó a un hombre a 9 años de prisión por violar a su ex pareja porque en el juicio no se admitieron las pruebas que solicitó, entre ellas un documento que acreditaría que al acusado le habían realizado una vasectomía 8 días antes de la violación.

El Tribunal Supremo ha ordenado que se celebre un nuevo juicio, por un tribunal distinto al que dictó la sentencia recurrida, que declare pertinentes dos de las tres pruebas planteadas por la defensa del condenado: la incorporación del escrito sobre la intervención quirúrgica y de un plano de la vivienda de una testigo que declaró en la causa. Asimismo, el Supremo entiende que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del acusado, provocándole indefensión, en la valoración que la Audiencia Provincial de Valencia hizo de otras pruebas que sí fueron admitidas.

Mediante el informe de vasectomía, en el que figuran como instrucciones a seguir tras la operación que no realizara movimientos bruscos, el condenado quería demostrar que no se produjo ninguna agresión sexual y que las relaciones que mantuvo con su ex pareja sólo pudieron ser consentidas, ya que tenía la zona genital dolorida con puntos de sutura.

En relación con la segunda prueba -plano geográfico de la vivienda testigo- la defensa alegó que pretendía probar que la mujer que testificó en la causa no pudo ver ni oír nada de lo ocurrido por lo que sólo pudo conocer los hechos por el relato que le hizo la propia denunciante.

La defensa también había solicitado una tercera prueba para acreditar que su ex pareja actuó con ánimo de venganza que ha sido rechazada porque se produjo después de los hechos juzgados.

La sentencia recurrida, anulada ahora por el Tribunal Supremo, consideró probado que el condenado agredió sexualmente a su ex pareja en el domicilio de ésta, donde aún vivía pese a que tenían problemas de convivencia. Tras lo ocurrido, la víctima logró salir de la casa y se fue a casa de unos amigos, que la vieron llorando, nerviosa, alterada y oliendo a alcohol, y, después acudió a comisaría para presentar una denuncia. Según los hechos probados, el condenado, por su parte, se puso en contacto con un policía a quien dijo que había tenido problemas con su compañera. Tras ser detenido, reiteró su versión y que tenía miedo a que su novia le denunciara por malos tratos.
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