Los 27 van a endurecer los requisitos migratorios para facilitar las deportaciones de inmigrantes con 2 acuerdos clave: por un lado se ha modificado el reglamento de expulsiones y, por otro, se ha aprobado un nuevo listado de "terceros países no comunitarios seguros" con la posibilidad de enviar allí a inmigrantes en determinadas situaciones.
Los países de la Unión Europea han acordado acelerar y facilitar las condiciones de expulsión o retorno para los solicitantes de asilo a los que se les deniega la acogida.
Luz verde a abrir centros de inmigrantes fuera de la UE
Con este acuerdo, se da luz verde a que los gobiernos puedan negociar bilateralmente con terceros países la creación de centros de acogida.
A estos centros podrán trasladar a migrantes a quienes se les haya denegado el asilo pero cuya deportación a un país seguro aún esté pendiente. Una opción que hasta la fecha no estaba contemplada en la legislación comunitaria y que se ha inspirado en la fórmula que utilizó Italia con Albania.
De esta forma cuando un migrante cuente con una decisión final de expulsión, el Gobierno podrá enviarlo a un tercer país (distinto al de su país de origen) si existe un convenio bilateral o un acuerdo comunitario. Aunque también se recoge la posibilidad de que los gobiernos rechacen esta vía y no se adhieran. De hecho, España se ha mostrado en contra de esta fórmula.
Nuevo reglamento sobre terceros países seguros
En paralelo a esto, los 27 también han aprobado el nuevo reglamento sobre terceros países seguros, que permitirá a los estados miembros enviar a los inmigrantes fuera de las fronteras de la UE para acabar de tramitar allí sus solicitudes.
Además de todos los países candidatos a entrar en la UE, este listado recoge también a Colombia, Marruecos, Túnez, Kosovo, Bangladesh, India y Egipto.
Incluso aunque no tengan vínculos con ese país, el nuevo reglamento permite su envío. Además, se ha autorizado a que los inmigrantes estén hasta 2 años en detención e incluso prorrogarlo cada 6 meses.
Se impone también a los migrantes la obligación de cooperar con las autoridades nacionales durante todo el procedimiento de retorno. Si lo incumplen, se contemplan sanciones adicionales como multas, detención o ampliación del internamiento. Las deportaciones forzosas serán obligatorias cuando el migrante no coopere, se fugue a otro Estado miembro, incumpla el plazo de salida voluntaria o suponga un riesgo para la seguridad.
Estas medidas todavía tienen que ser ratificadas en el Parlamento, pero salvo España y pocos países más, cuentan con el beneplácito de la mayoría de gobiernos, por lo que se estima que se aprobarán definitivamente sin problemas.
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