El estándar de demagogia y manipulación a que ha llegado el PP, quien tanto negoció con ETA, su doble moral, su estrategia de rencor y crispación, e incendiar el país como vía de recuperar el poder perdido en las urnas, me hace entender aún más el actuar de la derechona de 1.936 desde que perdió las Elecciones ante el Frente Popular (éste sí que era popular). No hay mucha diferencia anímica, temo, entre aquello y esto, otra cosa es que 2.007 no da para Franquitos sostenidos por Mussolini y Hitler, ni se puede ir más lejos de lo que se atrevió Mena. Sí da, gracias a la propia democracia y al artículo 20 de la Constitución o C.E. (libertad de expresión), para losantos y sansebastianas ganándose bien la vida a base de desprestigiar al Gobierno legítimo y la convivencia sin odio. Ese odio que tantas veces nos heló el corazón.
Escribimos en enero sobre la condena desmesurada a De Juana, más de doce años y medio por dos artículos que cabía englobar, aunque nos repelieran, antes en la libertad de expresión que en el Código Penal. Así lo vio el juez instructor Pedraz, que se ciñó, era su obligación o cometido, a la literalidad de los artículos, y no a la catadura o trayectoria personal de De Juana, pues esto sería violar el Art. 14 C.E., que prohíbe diferenciar a nadie ante la ley en base a condición o circunstancias personales. Sólo cabe tener en cuenta “antecedentes” en los casos de reincidencia previstos por Ley, lo que no ocurría con los dos artículos de De Juana. Y era ilícito, por no decir prevaricador, procesarlo o condenarlo para evitar que saliese de la cárcel una vez cumplida su condena de treinta años (reducida a dieciocho en aplicación de las normas vigentes). El juez no puede dictar resolución en razón de su ideología o convicciones personales, sino de acuerdo estrictamente a ley. Y, más que en ninguna otra jurisdicción, en la penal, pues aquí nos jugamos a fondo la libertad y el Estado de Derecho. Las dictaduras tienen como herramienta principal “su” código penal. Mas en democracia éste viene a ser el “negativo” (fotográfico) de la Constitución, de sus derechos fundamentales, entre los que destaca el de expresar y difundir pensamientos, ideas y opiniones mientras no se violen los derechos de otros (Art. 20 mencionado). Por si quedase duda, nuestro Código Civil es particularmente exigente con las normas penales: “no se aplicarán a supuestos distintos de los comprendidos expresamente en ellas” (Art. 4 del mismo).
Por desgracia, el españolito de a pie entiende poco de Derecho, cuyas nociones primordiales debieran estudiarse en Bachillerato (¿quizá no hay interés o preocupación de que entienda?). Suele ignorar que no puede meterse a nadie en cárcel interpretando “extensivamente” o por “analogía” un tipo penal (tipo: conducta descrita en Ley Penal como constitutiva de delito o falta). Y que ha de regir la presunción de inocencia (Art. 24 C.E.) mientras no haya prueba indudable de haberse perpetrado la conducta o tipo: in dubio, pro reo. Sólo se puede procesar o condenar por los hechos concretos que se enjuician y por lo que dice sobre ellos el código penal. Frente a esto, se esgrime --por las dictaduras y por demócratas de boquilla-- el llamado “Derecho Penal de autor”, que permitiría condenar por la pinta del encausado y/o atendiendo a hechos distintos de los ahora juzgados. Eso es violar los fundamentales Principios de Legalidad y de Seguridad Jurídica (Art. 9 C.E.), dos caras de una misma moneda. Resulta, en fin, desolador escuchar: ”pues a mí me importa un bledo lo que diga la ley, tal señor tiene que morirse en la cárcel”. Entiendo ese sentimiento o emocionalidad. Pero sin respeto a la ley democrática no hay democracia. El rebuzno es el grito más franco de la creación, decía Gómez de la Serna. Mas el Derecho nos pule las pezuñas.
El Tribunal Supremo –-que no se siente “en guerra”, parece, como la Audiencia Nacional--, con más finura jurídica, redujo a menos de la cuarta parte la condena de ésta a De Juana (aventurábamos tal disminución en nuestro artículo de 31 de enero). Mi análisis es que no se atrevió, el TS, a ser totalmente “fino” (absolución, o pena que implicara puesta en libertad rápida de De Juana), por consideraciones políticas o de “realidad social”. El PP arremetió contra el TS, empero, explotando la ignorancia en Derecho de las buenas gentes. Mas el gran filón lo ha encontrado con la prisión atenuada del etarra. Aquí sí va a explotar a tope ese desconocimiento y emociones (cuanto peor, mejor, ¿les suena?), a lucrarse al máximo del terrorismo. Y Alcaraz, poniendo la sangre de las víctimas al servicio de esa estrategia, incluido saludarse con Ynestrillas y la bandera de Franco. No esconde el plumero (se siente sobrado): pide Elecciones anticipadas.
Puro esperpento: Rajoy asegura que la prisión atenuada de De Juana es el suceso más grave de España en los últimos años. Más que el 23-F o el asesinato de Miguel Ángel Blanco. Ana Pastor, que todos los españoles menos Zapatero hemos resistido al chantaje (sólo ellos son España). Los de Lorca reclaman una “España católica”, mientras injurian al Presidente. Mas el Gobierno tiene obligación de hacer todo lo legalmente posible para que no muera ni pierda la integridad física un ser humano bajo su custodia. Si hay ley, no hay chantajes, señala la Vicepresidenta, tras una prisión atenuada avalada por la junta de tratamiento, el fiscal y el juez de vigilancia, quien proclama la superioridad ética del Estado de Derecho. El Gobierno está obligado a tomar decisiones políticas (Art. 97 C.E.), eligiendo si es preciso, sin abandonar la ley, entre lo desastroso y lo incomible, en frase de J.K. Galbraith. Un grave problema político que atañe a muchos miles de personas no suele resolverse sólo con medidas policiales, y la muerte de De Juana hubiese retrasado mucho la paz: sólo servía al grupo más duro de ETA, y a la estrategia incendiaria del PP. Otegi afirma que no hay alternativa al proceso de paz. Y muchos condenamos sin fisuras la violencia, pero reclamamos una moral total, no parcial. Aunque según Rajoy no somos “ciudadanos de bien”, porque no vamos a su mani electorera.
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José Luis Pitarch
Profesor de Derecho Constitucional,
Premi Llibertat d’Expressió de la Un. de Periodistes del PV