La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 2.000 euros -1.200 por pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad- a los padres de un menor de edad por difundir imágenes de chicas desnudas generadas con inteligencia artificial (IA).
Es la primera vez que se impone una multa en España por la difusión de deepfakes.
Los hechos se remontan a septiembre de 2023, y ocurrieron en la localidad de Almendralejo (Badajoz), donde un grupo de menores de edad difundió imágenes con las caras reales de chicas, pero esas caras se asociaron a cuerpos desnudos generados con inteligencia artificial, unas imágenes que se publicaron a través de redes sociales y que se difundieron también en portales de internet -entre ellos 'Only Fans'- y páginas pornográficas.
La resolución de la AEPD llega 2 años después de que este organismo iniciara una investigación tras la publicación del caso en numerosos medios de comunicación, y está completamente "anonimizada" para proteger los datos de todas las personas que estuvieron implicadas.
Los procedimientos judiciales que se iniciaron tras aquellos hechos permitieron la identificación de los presuntos responsables que participaron en la difusión de aquellas imágenes de una forma completamente ilícita y sin ningún tipo de consentimientos por parte de las chicas a través de un grupo de mensajería.
Medidas de libertad vigilada
Los padres de este menor procedieron el pasado mes de abril al pago de la sanción de 1.200 euros (originalmente de 2.000 euros, pero rebajada por pago voluntario) señala la resolución, y constata que ese abono implica el reconocimiento de su responsabilidad en relación con esos hechos.
Las actuaciones de la AEPD en este caso se han sucedido en paralelo a las que se siguieron por el procedimiento penal que instruyó el Juzgado de Menores de Badajoz, que ya impuso el pasado año la medida de libertad vigilada para los 15 menores declarados responsables de la difusión de aquellas imágenes.
El Juzgado declaró a 15 menores responsables de 20 delitos de pornografía infantil y otros tantos contra la integridad moral, y la sentencia incluía además que debían recibir durante ese año contenidos especialmente orientados a recibir formación afectivo sexual, sobre uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación y sensibilización en materia de igualdad y género.