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La Abogacía del Estado recurre la absolución de Ana Duato por creer que se la trató con "paternalismo"

Ana Duato
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Ana Duato
jueves 16 de octubre de 2025, 18:43h
Última actualización: viernes 17 de octubre de 2025, 17:29h

La Abogacía del Estado ha decidido recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional que optó por la absolución de la actriz Ana Duato y su marido y productor Miguel Bernardeau de los delitos fiscales por los que fueron acusados en el conocido como 'caso Nummaria'.

La coprotagonista de 'Cuéntame' podía ser condenada a 16 años de cárcel al final del juicio, al comienzo eran 32, por un fraude de 1,9 millones de euros. La Abogacía, en representación de la Agencia Tributaria, mantiene que el tribunal la ha tratado con "benevolencia" y "paternalismo".

El recurso, que ha sido firmado el 14 de octubre, se ha presentado ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional contra estas dos absoluciones que llevaron además a que se exonerase al propietario del despacho Nummaria, Fernando Peña, como cooperador necesario de los delitos fiscales del matrimonio.

Peña terminó siendo condenado, aun así, a 80 años de cárcel por los ilícitos propios y los relacionados con otros de sus clientes, para quienes construyó una serie de estructuras a fin de evitarles la tributación de capitales en España entre los años 2010 y 2016. Entre los condenados se encontraba el también coprotagonista de 'Cuéntame' Imanol Arias, que llegó a un pacto con la Fiscalía Anticorrupción y asumió una pena total de dos años y dos meses de cárcel por un total de 5 delitos fiscales.

Duato decidió, sin embargo, plantar cara en el juicio, bajo la premisa de que ella, como su marido, había ido a un despacho fiscalista con un experto al frente y que no sabía que estuviera cometiendo ninguna ilegalidad. Lo que buscaba era gestionar sus derechos de imagen de modo que se generase una renta vitalicia. Fue absuelta porque la Sala llegó a la conclusión de que no concurría "acreditación suficiente de que conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario”.

Una vez en el juicio, la Abogacía del Estado mantuvo en sus conclusiones que ella era consciente y tenía que conocer lo que estaba pasando. Ahora, saca la idea a la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional con un recurso en el que se remarca que la sentencia "revela una indulgencia intelectual hacia la señora Duato que impregna el conjunto de su razonamiento".

"Esa benevolencia conduce al tribunal a una conclusión manifiestamente ilógica: la exclusión del elemento subjetivo del delito sobre la base de presupuestos fácticos abiertamente incompatibles con la realidad personal, patrimonial y profesional de la acusada", indica.

"Como una simple actriz"

En concreto, sostiene que hay una "ilógica valoración del contexto personal y social" de la acusada, pero además está "la irracional consideración de ausencia de perfil empresarial de Ana Duato y su mera configuración como una simple actriz" o "la creencia de que actuó bajo la orientación de asesores fiscalistas o tributarios pero cuyos detalles desconocía".

Cree que el tribunal le dio "un tratamiento casi paternalista, al presentarla como una simple actriz aparentemente desprovista de comprensión o autonomía decisoria en en materia económica", un "enfoque complaciente" que "proyecta sobre ella una imagen de ingenuidad incompatible con la prueba practicada".

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