El Consejo de Ministros ha tramitado de urgencia este martes un Real Decreto para iniciar el proceso de regularización extraordinaria que afectará a miles de personas extranjeras.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha calificado la jornada de "día histórico", señalando que la medida busca garantizar la igualdad de derechos y reforzar un modelo migratorio basado en los derechos humanos y la cohesión social.
Se calcula que beneficiará a algo más de medio millón de personas extranjeras en situación irregular. Una medida que ya han hecho anteriores gobiernos de diversas ideologías en el pasado.
El origen, una iniciativa popular
Esta decisión rescata el espíritu de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que contó con el aval de 700.000 firmas y el apoyo mayoritario del Congreso, tras meses de bloqueo parlamentario.
El proceso es la pieza central del próximo 'Plan de Integración y Convivencia Intercultural' y se ha tramitado por la vía de urgencia para agilizar los plazos y evitar la necesidad de informes del Consejo de Estado.
Plazos de validez
La ministra ha detallado que el proceso se dirige a personas que lleven al menos 5 meses en España y hayan llegado antes del 31 de diciembre de 2025.
Esto incluye también a los solicitantes de asilo que presentaron su instancia antes de esa fecha, gracias a la modificación de la transitoria 5ª.
Requisitos y otros detalles
Aunque el desarrollo normativo se completará entre febrero y marzo, ya se han definido los criterios fundamentales para acceder a esta regularización.
Los solicitantes recibirán, tras la admisión a trámite, una autorización de residencia y trabajo provisional con una duración de un año.
Finalizado ese plazo, los beneficiarios deberán realizar la modificación a través de los cauces habituales del Reglamento de Extranjería.
Los requisitos indispensables y detalles operativos confirmados son:
- Permanencia mínima: Justificar la entrada en España antes del 31 de diciembre de 2025 mediante pasaporte sellado, billetes de avión o facturas a nombre del solicitante. Además, se debe probar una estancia continuada durante los 5 meses previos a la solicitud.
- Antecedentes penales: Es obligatorio carecer de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen. Los documentos extranjeros deberán estar legalizados y traducidos.
- Conducta ciudadana: Se valorará la ausencia de antecedentes policiales significativos, consultando incluso bases de datos europeas. No obstante, los procesos sancionadores previos de multa o expulsión en España no serán causa de denegación.
- Situación de vulnerabilidad: Se ha establecido que la mera situación de irregularidad administrativa será considerada per se como una situación de vulnerabilidad.
- Medios de vida: De momento, no se ha mencionado la exigencia de presentar un contrato de trabajo ni medios económicos específicos para la concesión inicial.
El procedimiento será mixto (presencial y telemático) y permitirá que aquellas personas con expedientes de extranjería actualmente en trámite puedan acogerse a esta nueva medida si les resulta más favorable. Las autoridades recomiendan ir recabando la documentación, especialmente los certificados penales internacionales, para evitar quedar fuera de un proceso que se prevé de corta duración.
Guía rápida del proceso de regularización extraordinaria
| Concepto Clave |
Detalle del Real Decreto |
| Fecha límite de entrada |
Antes del 31 de diciembre de 2025. |
| Tiempo de estancia previa |
Mínimo de 5 meses de residencia continuada. |
| Inicio previsto |
Abril de 2026. |
| Autorización concedida |
Residencia y trabajo provisional por 1 año. |
| Solicitantes de asilo |
Incluidos si solicitaron antes del 31 de diciembre de 2025. |
| Antecedentes penales |
Obligatorio aportar certificado limpio (país origen y España). |
| Vía de tramitación |
Urgente (aprobado en Consejo de Ministros el 27 de enero). |
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