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Trapero y la ex cúpula de los Mossos, procesados por sedición y organización criminal
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(Foto: Twitter oficial de la Asamblea Nacional Andaluza (ANA))

Trapero y la ex cúpula de los Mossos, procesados por sedición y organización criminal

> El 1-O "simularon un dispositivo engañoso", según la Audiencia

jueves 28 de junio de 2018, 16:10h
Un día después de que el Tribunal Supremo confirmara el procesamiento de 15 líderes independentistas por rebelión, desobediencia y malversación en el 'procés', la Audiencia Nacional ha hecho lo propio con el ex major, Josep Lluis Trapero y la ex cúpula de los Mossos, procesados por organización criminal y dos delitos de sedición por los disturbios de los días 20 y 21 de septiembre y por la jornada del referéndum soberanista, el 1-O. Aquel día, según el Tribunal, simularon "un dispositivo engañoso con designio no sólo de permitir la celebración de la ilícita consulta, sino de socavar la actuación quelos otros cuerpos de seguridad del Estado".

La Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento del ex major de los Mossos, Josep Lluís Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos los días 20 y 21 de septiembre del pasado año frente a la Consejería de Economía de Barcelona y por la jornada del 1 de octubre. También ha ratificado los del ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig, del ex director de los Mossos Pere Soler, ambos por organización criminal y un único delito de sedición por el 1 de octubre, así como el de la intendente Teresa Laplana, por sedición por los hechos del 20 y 21 de septiembre.

En cuatro autos, los magistrados de la Sección Segunda desestiman los recursos de apelación presentados por los cuatro investigados contra el auto de procesamiento dictado por la instructora de esta causa, la titular del Juzgado Central Tres, Carmen Lamela.

Trapero "colaboró en el plan secesionista"

La resolución relativa a Trapero analiza en primer lugar los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre y señala es "evidente que las tibias medidas de seguridad y apoyo a la comisión judicial formalmente prestadas enmascaraban una absoluta condescendencia con los hechos, pues no otra cosa resulta de la pasividad observada conociendo que el edificio contaba con la sola protección de los Mossos d'Esquadra, sin refuerzo alguno a lo largo del día, de que no establecieran el perímetro de seguridad repetidamente solicitado por los mandos de la Guardia Civil o que se consintiera el asedio sin medida eficaz alguna que permitiera entrar y salir del inmueble y frenase los episodios violentos o pudiera afrontar una eventual invasión del edificio por la muchedumbre".

Respecto a los hechos relacionados con el referéndum ilegal del 1-O, "las diligencias sumariales demuestran sin duda la cooperación del recurrente en ese eslabón del plan secesionista".

Según la Audiencia, "los responsables de los Mossos, con Trapero a la cabeza, incumplieron el mandato judicial, simulando para la jornada electoral y horas previas un dispositivo engañoso, meramente formal, con designio no sólo de permitir la celebración de la ilícita consulta, sino de socava la actuación que en cumplimiento de la Ley y las resoluciones judiciales desarrollasen los otros cuerpos de seguridad del Estado".

"Esta postura, que al inicio se plasmó en moderadas indicaciones dadas por Trapero, apelando a los postulados de oportunidad y proporcionalidad, más tarde se tradujo en pautas de actuación ambiguas en principio y contrarias a las órdenes del TSJ de Cataluña después", señalan.

Además, se previó un mecanismo para comunicación entre los agentes de servicio y sus mandos para posibles incidencias lento e ineficaz. El sistema era a todas luces, afirman los jueces, "inadecuado por la demora que exigía y de facto traducido en que cada agente tomara decisiones motu proprio; en suma el operativo no obedeció a razones técnicas, inalcanzables con la perspectiva de que a la sazón sólo había 8 agentes de mediación para toda Cataluña y actuaban en pareja, sino al designio de posibilitar el referéndum".

"La actitud de los mossos el 1-O fue de total pasividad, cuando no de enfrentamiento con los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado"

El auto argumenta que la movilización de los agentes fue escasa, de 7.000 cuando en jornadas electorales se ha llegado a 12.000, y su distribución en los teóricos 2.259 centros de votación fue ineficaz al asignar sólo 2 agentes en grandes centros.

"La actuación de esos efectivos de los Mossos en la jornada fue de total pasividad, cuando no de enfrentamiento con los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado para impedir la clausura de los centros, obstaculización de sus actuaciones, falta de intervención cuando los agentes de la policía estatal eran agredidos e incluso vigilancia de sus movimientos y advertencia de su llegada a los centros de votación, frustrando o al menos dificultando su actuación", concluye la Sala.

Para los magistrados, Trapero, como mayor de los Mossos, siguiendo las consignas recibidas de sus superiores y responsables políticos, "incumplió las órdenes emanadas del TSJ y las decisiones del Tribunal Constitucional, para conseguir la celebración del referéndum ilegal, y en esa connivencia hizo de correa de transmisión con sus subordinados".

El Tribunal considera que la instrucción revela numerosos signos que vinculan a Trapero con los delitos de sedición y organización criminal y, por tanto, las conclusiones de la instructora "no son gratuitas y se asientan en numerosas comprobaciones y actos de investigación policial que señalan al procesado como partícipe".

En el auto relativo a Puig, la Sala considera que como responsable político y segunda autoridad del Departamento de Interior tomó parte en el plan y estrategia minuciosamente detallado en el auto de procesamiento cuyo objetivo final era la desconexión de Cataluña del resto del Estado español, la declaración unilateral de independencia, y la proclamación de una república catalana. En concreto, en relación con la jornada del 1 de octubre, el tribunal señala la responsabilidad del recurrente en una serie de acciones u omisiones atribuibles a los responsables de los Mossos tendentes a burlar la orden del TSJ de Cataluña.

En suma, la actuación de los más altos responsables de la Consejería de Interior, "en connivencia y colaboración con la estructura de Mando del Cuerpo de los Mossos d´Esquadra y de los organizadores y grupos de defensa del referéndum ilegal, fue decisiva para fuera de la legalidad, impedir el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas al afecto". Para los jueces, los responsables de dicha policía hicieron de correa de transmisión de las instrucciones de los órganos de gobierno.

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