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El Gobierno se apunta un tanto en los tribunales: la Audiencia Nacional confirma que el cese de Pérez de los Cobos fue legal

Juicio del procés: Diego Pérez de los Cobos
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Juicio del procés: Diego Pérez de los Cobos (Foto: Captura de pantalla en Ultimedia)
miércoles 15 de septiembre de 2021, 12:14h

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado este miércoles la conformidad a Derecho del cese del coronel Diego Pérez de los Cobos.

El Gobierno cesó a Pérez de los Cobos en pleno comienzo de la pandemia, presuntamente en represalia por elaborar un informe a sus espaldas que era muy negativo sobre la gestión realizada en la gestión de la crisis sanitaria y en concreto por permitir las manifestaciones del 8 de marzo de 2020, cuando comenzaban a ser masivos los contagios del coronavirus.

Esta sentencia ha contado como ponente a Jesús Nicolás García Paredes y ha sido suscrita unánimemente por todos los magistrados de la Sección, estimando el recurso de apelación formulado por el Abogado del Estado, en representación del Ministerio del Interior, y que por tanto revoca así la sentencia de marzo del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8.

Pérez de los Cobos fue cesado como coronel Jefe de la Comandancia de Madrid por "pérdida de confianza" y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se hizo responsable, así como la directora de la Guardia Civil.

Razonamiento de la Audiencia

La Sección invoca sentencias precedentes para señalar las normas aplicables y los criterios que se han seguido al resolver las impugnaciones de ceses -y de nombramientos- en destinos de libre designación en la Guardia Civil, distinguiendo entre la idoneidad para ocupar el puesto, que en el caso no se discute, y la confianza depositada por la autoridad que efectuó en su momento el nombramiento y que, ante la pérdida de dicha confianza, dispone el cese, debiendo exponerse en este último supuesto los motivos de la pérdida de confianza, pero existiendo límites a la revisión judicial.

De tal modo, descartada la existencia de desviación de poder, se constata que la decisión de cese del Pérez de los Cobos "tiene suficiente motivación", habida cuenta de que “la pérdida de confianza es por la «no información» del «desarrollo», no del contenido, de «investigaciones y actuaciones» llevadas a cabo por la Guardia Civil; todo ello, en el amplio y, a veces, confuso «marco operativo y de Policía Judicial»”.

Concluyéndose en la sentencia que habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino, manteniendo al interesado en el mismo e imponiendo una relación profesional sustentada, además de en motivos reglados (idoneidad), también, en esa circunstancia subjetiva, como hemos declarado, es decir, por la pérdida de la confianza, cualidad que acompaña y mediatiza el nombramiento para dicho cargo y destino”.

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