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Militares del ejército
Militares del ejército (Foto: Ministerio de Defensa)

Defensa modifica los requisitos para acceder al Ejército atendiendo a la igualdad de género

viernes 19 de octubre de 2018, 10:50h
El Ministerio de Defensa diferenciará por sexo la altura mínima requerida para acceder al Ejército en cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJU). Además, modificará la normativa sobre la vestimenta y los tatuajes para que las mujeres no se vean discriminadas por su visibilidad con el uso de la falda del uniforme oficial y puedan usar el pantalón.

El Ministerio de Defensa modifica la altura mínima requerida en las futuras convocatorias para el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas y la fija en 160 centímetros para los hombres y en 155 centímetros para las mujeres.

Con esta decisión, el Ministerio pretende evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española.

Esta medida se ajusta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 18 de octubre de 2017 en contra de establecer unas estaturas mínimas comunes para ambos sexos.

Además, se igualan los requisitos de talla mínima en todos los procesos de selección con independencia de si se accede a las escalas de oficiales, suboficiales o a la de tropa y marinería. Se evita, además, que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.

Por último, Defensa pretende mantener unas tallas mínimas similares a las de los países de nuestro entorno que permitan obtener la calidad física necesaria, compatible con las exigencias operativas de nuestras Fuerzas Armadas.

Evitar la discriminación por tatuajes

Asimismo, con el propósito de evitar la discriminación por razón de género que puede producirse por el hecho de utilizar diferentes prendas de uniforme, Defensa modificará la base de las convocatorias correspondientes incluyendo el texto: "Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades".

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