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Miguel Ángel Bustamante
Miguel Ángel Bustamante (Foto: IU Aragón)

El diputado de Unidas Podemos apartado por presunto maltrato deja su escaño

martes 01 de noviembre de 2022, 13:56h

Miguel Ángel Bustamante, diputado de Unidas Podemos, en concreto de IU, ha puesto las cosas fácil tanto a su partido como al Tribunal Supremo, ya que deja voluntariamente su escaño en el Congreso.

El político renuncia así a su aforamiento y se enfrentará sin ser necesario un suplicatorio a las acusaciones de su pareja de un presunto maltrato de género.

Bustamante fue suspendido de militancia hace unos días por IU tras la denuncia de su pareja y aye lunes renunciaba a su escaño "en cumplimiento" con lo que dictaminan los estatutos de su partido y "tras comprobar que existe una demanda interpuesta" contra él.

El político de IU sustituyó en junio de 2021 a María Márquez como diputado, y ahora será sustituido por el siguiente en las listas, Ezequiel García Nieto, de Podemos en su caso. Si lo rechazara, la siguiente en la lista sería Raquel Mercedes, también de Podemos.

Acusaciones "falsas"

El diputado ya se defendió esta semana de las acusaciones, asegurando que no había "pegado un puñetazo en su vida" y que "todas las acusaciones son falsas".

Bustamente se encuentra al parecer en un proceso de divorcio e insinuó que la denuncia se debería a intereses de la otra parte.

El Supremo urge al Juzgado de Écija

Además, este lunes era noticia que el magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Javier Hernández ha reclamado al Juzgado de Instrucción número 1 de Écija (Sevilla) que decida, a la mayor brevedad, sobre la solicitud de la pareja del diputado de que se dicte para ella una orden de protección respecto al parlamentario, al que ha denunciado por maltrato habitual.

En una providencia, Hernández, como magistrado ponente del asunto, destaca que, mientras el Supremo decide sobre la competencia de la causa, el Juzgado de Écija sigue siendo el competente, por lo que debe resolver rápidamente sobre la pretensión de protección. Para ello, ordena remitir las actuaciones a dicho Juzgado por el conducto más rápido posible, adelantando por correo electrónico testimonio de las mismas.

“Ningún incidente competencial puede justificar una ausencia de respuesta jurisdiccional en tiempo oportuno sobre la procedencia o no de adoptar medidas de protección a favor de aquellas personas que aparecen como afirmadas víctimas de los hechos justiciables”, señala la providencia.

La resolución explica que el Supremo ha recibido del Juzgado de Écija las diligencias incoadas por la denuncia de la mujer, “y pese a que la remisión no ha venido precedida de la correspondiente memoria explicativa, sin que quepa una suerte de remisión inhibitoria directa del órgano de instancia al Tribunal Supremo”, ante el objeto del proceso y los deberes de especial celeridad que se derivan del mismo, se acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre la competencia del Supremo para conocer de la causa

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