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Entra en vigor la Ley de Memoria Democrática: el Valle de los Caídos se llama ahora Cuelgamuros

Entra en vigor la Ley de Memoria Democrática: el Valle de los Caídos se llama ahora Cuelgamuros
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(Foto: Fundación Francisco Franco)
viernes 21 de octubre de 2022, 12:28h

El ministro de la Presidencia y Memoria Democrática, Félix Bolaños, explicó en su visita del jueves a la sede del Boletín Oficial del Estado, lo que supone la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática.

La ley, destacaba Bolaños, reivindica la democracia, frente a la dictadura; la libertad, frente a la represión y el reconocimiento frente al olvido, y pone en valor los grandes acuerdos que supuso la Transición y que "son lo mejor de nuestra historia reciente", según apuntaba.

Bolaños ha subrayado que, con esta ley, España salda una deuda pendiente con las personas que lucharon por la democracia y por la libertad. "A partir de ahora, nuestra democracia es una democracia más digna, porque reconoce a las víctimas, a quienes trabajaron por que hoy seamos un país europeo, moderno, avanzado, con derechos y con libertades, a la altura de cualquier otro país de nuestro entorno". El ministro ha dedicado además unas palabras de agradecimiento a las personas que han trabajado en la tramitación de esta norma.

Novedades de la ley

La ley salía aprobada definitivamente el día 5 de octubre en el Senado. La nueva normativa refuerza el compromiso del Estado en la búsqueda de los desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo, y abre por fin la puerta a estudiar posibles vulneraciones de derechos humanos entre 1978 y finales de 1983.

La ley exige crear al Gobierno, en un año desde la entrada en vigor, una comisión técnica que haga un estudio sobre los supuestos de vulneración de derechos a personas "por su lucha por la consolidación de la democracia, los derechos fundamentales y los valores democráticos, entre la entrada en vigor de la Constitución y el 31 de diciembre de 1983".

Finalmente, en otros acuerdos previos se introdujo una enmienda para declarar la ilegalidad e ilegitimidad de los tribunales, jurados y cualesquiera otros órganos penales y administrativos creados a partir del golpe de Estado de 1936, para la persecución por motivos políticos o de conciencia.

Retirada de condecoraciones y disolución de asociaciones

En la sección segunda, sobre distinciones, condecoraciones y títulos, el texto recoge que las administraciones públicas "adoptarán las medidas oportunas para revisar de oficio o retirar la concesión de reconocimientos, honores y distinciones" que sean "incompatibles" con los valores democráticos o que exalten o enaltezcan la "sublevación militar, la Guerra o la Dictadura".

En este sentido, el artículo 41 del texto suprime una serie de títulos nobiliarios y grandezas de España que fueron concedidos entre 1948 y 1978.

En la disposición adicional quinta, la iniciativa señala que se promoverá la modificación de la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación para incluir "como causa de disolución de asociaciones", la "realización pública de apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo". La Fundación Nacional Francisco Franco podría ser ahora ilegalizada con esta ley.

Lugares de Memoria Democrática

La ley considera como lugares de Memoria Democrática "aquel espacio o inmueble, paraje o patrimonio cultural inmaterial o intangible" donde se han desarrollado "hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva".

Por otra parte, se modifica la denominación del "Valle de los Caídos" por "Valle de Cuelgamuros", lugar que se resignificará para "dar a conocer las circunstancias de su construcción" para "fortalecer los valores constitucionales y democráticos". Señala el texto también que en este lugar "solo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a causa de la Guerra", y que se reubicará "cualquier resto mortal que ocupe un lugar preeminente en el recinto".

Además, el texto recoge en su Título IV un régimen sancionador, en el que se estipula como infracciones muy graves, entre otras, la destrucción de fosas de víctimas de la Guerra y la Dictadura, así como la convocatoria de actos o campañas que "inciten a la exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura", o de sus dirigentes.

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