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El Consejo de Ministros da luz verde a la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública
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(Foto: Pool Moncloa/Fernando Calvo)

El Consejo de Ministros da luz verde a la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública

martes 23 de agosto de 2022, 16:31h

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley por el que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP), que dependerá del Ministerio de Sanidad y se centrará en la preparación del sistema sanitario ante riesgos y amenazas como la pandemia de coronavirus.

El pasado mes de julio, el Pleno del Congreso encargó al Gobierno la creación de este centro estatal de Salud Pública para mejorar la gobernanza del sistema nacional de salud y "fomentar mecanismos de cooperación entre los servicios asistenciales y de salud pública de las comunidades". Y en su primera reunión tras el parón estival, el Consejo de Ministros ha dado luz verde a esta agencia.

La experiencia derivada de la pandemia ha constatado, tanto a nivel internacional como en nuestro país, la necesidad de generar estructuras organizativas y operativas ágiles, autónomas y eficaces capaces de hacer frente a los nuevos riesgos y amenazas para la salud pública que puedan surgir en el futuro.

La Agencia Estatal de Salud Pública tendrá autonomía funcional, aunque se vinculará al Ministerio de Sanidad. Ejercerá competencias de análisis y estudio, de asesoramiento técnico, de propuesta de medidas a las autoridades sanitarias y también de gestión directa, sobre todo en el ámbito de la preparación y coordinación de respuesta ante situaciones de emergencia. El nuevo centro se dotará con personal de la más alta capacitación científico-técnica en las distintas áreas y materias.

¿Con qué objetivos nace la Agencia Estatal de Salud Pública?

- El desarrollo y ejecución de las competencias del Ministerio de Sanidad en relación con la vigilancia de la salud pública.

- Contribuir a la preparación del sistema sanitario ante riesgos y amenazas para la salud pública y la coordinación técnica de la respuesta.

- Contribuir a la mejora de la salud y el bienestar de la población y a la reducción de las inequidades en salud, mediante su participación en la elaboración de actuaciones de prevención y control de enfermedades y de protección de la salud.

- Seguimiento y evaluación de la Estrategia de Salud Pública y otras intervenciones y políticas públicas con efecto en la salud.

- Reforzar la coordinación operativa con las instituciones de salud pública de las distintas administraciones públicas, así como servir de punto de enlace con los centros e instituciones de salud pública de la Unión Europea e internacionales en las materias de su competencia.

- Contribuir al diseño y evaluación de políticas e intervenciones en entornos sanitarios y no sanitarios que tengan como objetivo reducir las desigualdades sociales en salud, favoreciendo los enfoques de "salud en todas las políticas".

- Contribuir al desarrollo profesional de las personas trabajadoras en la salud pública, su capacitación, captación y retención del talento, así como a la generación y movilización del conocimiento.

- Facilitar a la ciudadanía la información necesaria mediante una comunicación en salud pública de alta calidad, sólida y solvente.

El régimen de personal podrá ser funcionario, estatutario o laboral, mientras que los recursos económicos de la Agencia provendrán de los Presupuestos Generales del Estado; ingresos propios; enajenación de los bienes y derechos que constituyan su patrimonio; el rendimiento procedente de sus bienes y valores; las aportaciones voluntarias; los ingresos recibidos de personas físicas o jurídicas como consecuencia del patrocinio de actividades o instalaciones; tasas u otros ingresos públicos procedentes de su actividad; los demás ingresos de derecho público o privado que esté autorizada a percibir; las aportaciones procedentes de fondos comunitarios; y cualquier otro recurso que pueda serle atribuido.

El control interno de la gestión económico-financiera corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado, y se realizará bajo las modalidades de control financiero permanente y de auditoría pública. El control externo le corresponderá al Tribunal de Cuentas.

El Gobierno dispone de un plazo de 6 meses, desde la aprobación de la ley, para elaborar el estatuto de la Agencia a propuesta conjunta de los ministerios de Hacienda y Función Pública y de Sanidad. En dicho real decreto se determinarán los órganos, centros y servicios de la AGE que quedarán integrados en ella.

La ley también prevé la obligación del suministro de datos para todas las Administraciones Públicas, instituciones y organismos del sector público y privado, así como las personas físicas y jurídicas, en especial aquéllos necesarios para evaluar el estado de preparación del SNS y del sector sanitario privado ante emergencias en salud pública.

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