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El Gobierno recurre ante el Supremo el toque de queda de Castilla y León
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(Foto: Moncloa)

El Gobierno recurre ante el Supremo el toque de queda de Castilla y León

domingo 17 de enero de 2021, 10:51h

La tensión entre el Gobierno de Sánchez y las comunidades por endurecer más las restricciones frente a la tercera ola del coronavirus se está incrementando cada vez más. Varias regiones han pedido al Ejecutivo volver al confinamiento domiciliario tras la escalada de contagios después de la Navidad, aunque Illa ya ha afirmado con rotundidad que no se lo están planteando. Ahora, el toque de queda vuelve a ser motivo de disputa. Castilla y León ha promulgado la orden para que comience a las 20 horas, dos horas antes de lo que establece la ley en el actual estado de alarma.

Las comunidades piden más herramientas o mecanismos de acción al Gobierno para aplicar más limitaciones debido al incremento del coronavirus tras las fiestas navideñas, aunque desde el Ejecutivo han insistido que la normativa actual es suficiente para que puedan tomar decisiones y "doblegar la tercera ola". Tras las reuniones de los diferentes comités de expertos autonómicos, Castilla y León decidió alargar el toque de queda para que comenzase a las 20 horas, una cuestión de la que el Gobierno ya les advirtió que no se podía hacer, pero la Junta decidió igualmente publicarlo en el BOCYL.

El Ejecutivo de Sánchez apuesta por la vía judicial

Desde el sábado la Policía custodia en CyL el cumplimiento del nuevo toque de queda y el Gobierno ha decidido interponer un recurso ante el Tribunal Supremo contra la nueva normativa que ha promulgado la Junta de Castilla y León.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, se mostró dispuesto a negociar aumentar el toque de queda en su última comparecencia el sábado, de hecho, señaló que hablarían "con todo el mundo" para estudiar cambiar la franja horaria estipulada en el decreto para "adoptarla con toda la cobertura final". Pero unas horas después, el Ejecutivo ha decidido llevar el asunto ante los tribunales.

El Gobierno considera que la regulación contenida en el Acuerdo vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el Estado de alarma, determinó expresamente como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, permitiendo además que las autoridades competentes de cada comunidad pudiesen establecer que la hora de comienzo en su región sea "entre las 22:00 y las 0:00 horas" y finalice ente las "5 y las 7 horas".

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