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Jornada de reflexión: qué no se puede hacer este día antes de las elecciones según la legislación

Actividad económica
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Actividad económica (Foto: Unsplash/matt-quinn)
sábado 22 de julio de 2023, 09:00h

Este sábado se celebra lo que de forma oficial se llama 'jornada de reflexión', justo en el día antes de la celebración en las urnas de las elecciones en toda España.

En España, la realidad es que la jornada de reflexión es más que un día, 24 horas: abarca el día anterior a las elecciones (desde las 0:00 horas) y el propio día de las elecciones hasta las 20:00, hora en que termina la votación con el cierre de los colegios electorales.

Según la legislación española, durante la jornada de reflexión antes de las elecciones, existen ciertas restricciones en cuanto a la actividad política y electoral.

Estas restricciones tienen el propósito de mantener un ambiente de reflexión y evitar la influencia indebida en el electorado.

Una urna electoral

Algunas de las actividades que no se pueden realizar durante la jornada de reflexión son las siguientes:

  1. Campaña electoral: Queda prohibida la realización de actos de campaña electoral, tanto por parte de los partidos políticos como por parte de los candidatos. Esto implica la prohibición de realizar mítines, caravanas, reparto de propaganda electoral, entre otros.

  2. Publicidad electoral: No se puede difundir publicidad electoral en ningún medio de comunicación, incluyendo prensa, radio, televisión, internet y redes sociales. Esto incluye la prohibición de emitir anuncios o spots electorales.

  3. Publicar o difundir encuestas y sondeos: Durante la jornada de reflexión, está prohibida la publicación y difusión de encuestas y sondeos electorales. Esto se hace para evitar que los resultados de las encuestas puedan influir en la decisión de voto de los electores.

  4. Manifestaciones y concentraciones: No se pueden convocar ni realizar manifestaciones, concentraciones o cualquier tipo de acto público que esté relacionado con las elecciones. Esto incluye tanto manifestaciones a favor como en contra de algún partido político o candidato.

  5. Propaganda electoral en espacios públicos: Durante la jornada de reflexión, está prohibido colocar y exhibir propaganda electoral en espacios públicos, como calles, plazas o edificios públicos.

Además de todo esto, la prensa debe tener una especial responsabilidad en este día para no lanzar mensajes electorales sobre partidos y candidatos, como por ejemplo no publicando ni difundiendo entrevistas a candidatos. Ya ha habido en el pasado antecedentes de sanciones por este tipo de publicaciones.

Es importante tener en cuenta que estas restricciones pueden variar ligeramente según las normativas específicas de cada elección y la comunidad autónoma en la que se celebre.

Por tanto, es recomendable consultar la legislación electoral vigente en cada caso particular.

Para conocer más detalles, las limitaciones quedan fijadas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).

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