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La jueza de la DANA rechaza el informe de la Guardia Civil por ser "incompleto" y "erróneo"

Las calles de Valencia afectadas por el barro de la DANA
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Las calles de Valencia afectadas por el barro de la DANA (Foto: Ayuntamiento de Valéncia)
miércoles 30 de julio de 2025, 11:53h

La titular de la Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja, la jueza Nuria Ruiz Torralba, ha dictado un nuevo auto sobre la investigación de la DANA.

En él, por una parte, deniega la petición de la acusación popular que ejerce la organización ultraderechista Liberum de investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) en la causa penal por las muertes y lesiones causadas por la DANA del pasado 29 de octubre.

La citada acusación popular, que representa también a una de las víctimas, había pedido que el responsable del organismo de cuenca declarara como investigado tras el último informe de la Guardia Civil presentado a la magistrada.

Informe de la Guardia Civil

Sin embargo, la instructora señala que dicho informe, que había de limitarse según lo ordenado a una cronología de los desbordamientos de ríos, barrancos y presas y su relación con los fallecimientos, “es erróneo en sus consideraciones sobre los fallos y negligencias de los intervinientes” en lo sucedido el 29 de octubre.

La juez afirma que el informe “no se corresponde con lo acordado” por el juzgado porque incluye “valoraciones que no correspondían a la Policía Judicial” y que por tanto “no poseen eficacia incriminatoria, ni tampoco exculpatoria, de los investigados ni de cualquier otro implicado”.

En este sentido, recuerda que el asunto estaba plenamente judicializado cuando se encargó la elaboración de esa cronología y por ello el análisis de la negligencia, fallos o posición de garante es “exclusivamente jurisdiccional”.

Además, el auto recoge que el informe policial es “incompleto” e incide también en cuestiones ya resueltas por la propia instructora, y después por la Audiencia Provincial.

La resolución judicial, que puede ser recurrida en reforma y/o apelación, descarta la existencia de un “apagón informativo” por parte de la CHJ o de falta de avisos por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). Cree que sólo hubo 'apagón' como tal en el llamado Cecopi, el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat de Valencia.

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