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La Justicia valenciana obliga a indemnizar a una médica de familia que estuvo ingresada un mes por covid

La Justicia valenciana obliga a indemnizar a una médica de familia que estuvo ingresada un mes por covid
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(Foto: Chema Barroso / MDO)
Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 19 de agosto de 2025, 13:16h

Hace más de 5 años que el coronavirus irrumpió en nuestras vidas, y aunque la pandemia ya se superó, todavía quedan secuelas y litigios en los tribunales. Uno de los casos que llegó a juicio fue el de una médica de familia valenciana que se contagió de covid y estuvo más de un mes ingresada.

La doctora recibió su correspondiente prestación de baja, pero se le cursó como baja por enfermedad común y ella reclamó que fue por su exposición en el trabajo, por lo que demandó a la Generalitat por daños y perjuicios.

Ahora la Justicia valenciana le ha dado la razón y además ha aprobado una indemnización de 30.000 euros.

Sentencia firme

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por un juzgado de Valencia que condena a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 29.939 euros por daños y perjuicios a una médica de familia que estuvo más de un mes hospitalizada tras contagiarse de Covid-19 en el trabajo en 2020.

En la sentencia, que ya es firme, los magistrados del TSJCV han validado la causalidad que ya determinó en su momento la Inspección de Trabajo.

La Inspección ya reconoció un recargo del 30% en las prestaciones ante la falta de medidas de seguridad laboral. "Ha de considerarse asimismo producida a efectos de la responsabilidad civil solicitada en el presente litigio", han subrayado.

La afectada ejercía como especialista en medicina familiar en un centro de salud de la localidad de Sagunto. En la época más nociva del coronavirus, asistía a todo tipo de pacientes, entre ellos a respiratorios agudos.

Dio positivo en covid el 16 de marzo de 2020 y días después, estando ya de baja, empeoró y fue ingresada en la UCI por neumonía bilateral.

Aunque inicialmente se extendió un parte de baja por enfermedad común, la facultativa no estuvo conforme y tras su solicitud el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) determinó que la baja tenía su origen en una contingencia profesional.

Demanda por daños y perjuicios

Con posterioridad, tras la propuesta de la Inspección de Trabajo, la Dirección Provincial del INSS declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad y salud laboral en el accidente sufrido por la médica e incrementó en un 30% las prestaciones económicas derivadas del mismo con cargo exclusivo a la Generalitat. Esa resolución administrativa no fue recurrida y devino firme.

La médica elevó el caso y demandó por daños y perjuicios a la Consellería y la Justicia ha fallado a su favor.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior ha dictaminado que esa declaración de falta de medidas de seguridad y salud laboral "debe extender sus efectos sobre el resultado dañoso concreto y efectivo sufrido por la demandante".

Ese daño, han precisado los magistrados, "tuvo su origen en el contagio del virus que le generó el periodo de incapacidad temporal y las secuelas que vienen recogidas en los hechos probados de la sentencia de instancia”.

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