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Sanidad publica una orden para coordinar la notificación de casos de coronavirus tras el cambio de criterio en Cataluña
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(Foto: Pool Moncloa)

Sanidad publica una orden para coordinar la notificación de casos de coronavirus tras el cambio de criterio en Cataluña

> Asimismo, se obligará a diferenciar a los casos asintomáticos en el cómputo de positivos

viernes 17 de abril de 2020, 11:43h

El Ministerio de Sanidad ha impulsado una orden ministerial por la que adapta el procedimiento de notificación de información que las comunidades autónomas deben remitir al Ministerio, para facilitar el seguimiento y la toma de decisiones y asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis sanitaria del coronavirus.

El texto, que publica hoy el Boletín Oficial del Estado, modifica la orden de 15 de marzo que establecía estos criterios, adaptándose así a la evolución de la crisis sanitaria.

La orden detalla que las comunidades deberán informar al Ministerio de Sanidad de las unidades de kits de diagnóstico PCR de que disponen y del número de estas pruebas que han realizado cada semana. Esta misma información se deberá remitir respecto a los materiales de protección individual, como las mascarillas.

Por otra parte, entre todos los datos acumulados que las comunidades autónomas facilitan, a partir de ahora, deberán diferenciar los casos sintomáticos y aquellos que no presentaban síntomas en el momento de realizar la prueba. Del mismo modo, se deberá diferenciar entre los resultados obtenidos por PCR y aquellos realizados mediante test rápidos de anticuerpos.

También se detallan las características de los datos que ya se vienen recogiendo hasta el momento, como son, entre otros, las personas hospitalizadas, aquellas que han ingresado en UCI, o las personas fallecidas con la infección, independientemente del lugar donde fallecieron.

Es decir, se recuerda así que las autonomías deben remitir al ministerio de Sanidad las muertes con COVID-19 confirmados por test para su correcta comparación a nivel internacional, justo después de que Cataluña modificara el criterio de registro e incluyera en la estadística defunciones notificadas por las funerarias o los fallecimientos en domicilios o residencias donde los facultativos apuntaron síntomas de coronavirus, pero sin llegar a realizar ninguna prueba que lo confirmara.

También especifica la necesidad de que las comunidades autónomas incluyan los casos notificados entre el personal sanitario.

Por otra parte, se amplía la información relacionada con la contratación de recursos humanos, adaptándola a las órdenes que se han aprobado en las últimas semanas dirigidas a facilitar la ampliación de las plantillas profesionales.

Finalmente, se mantiene la recogida de información relativa a la situación de capacidad asistencial.

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