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Perro en la calle
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Perro en la calle (Foto: Freepik)

Primera condena de violencia vicaria por matar a una mascota para generar dolor a la pareja

miércoles 24 de septiembre de 2025, 13:22h

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a 12 meses y 1 día de prisión a un hombre que arrojó a un perro por un acantilado, causándole la muerte.

El suceso ocurrió el reciente 13 de septiembre, y el perro, un cachorro de raza podenca y de 4 meses, era un animal que el condenado compartía con su pareja.

La sentencia resulta innovadora y pionera porque, aplicando la perspectiva de género, el juzgado asumió la competencia para un delito que, en principio, no correspondería a los juzgados de Violencia sobre la Mujer (el delito contra animales tipificado en el artículo 340 bis 3 del Código Penal). La magistrada lo relacionó, en concurso medial, con un delito de maltrato psicológico, recogido en el artículo 153.1 del mismo texto legal.

La muerte del animal como instrumento

La magistrada Auxiliadora Díaz subrayó en el fallo que "la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico (…). No se trata de una mera simultaneada fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer".

La sentencia considera probado que el 13 de septiembre el acusado llamó a su entonces pareja sentimental y le dijo: "Voy a matar al perro y después me mato", en referencia al podenco que tenían en común. A continuación, el acusado se dirigió por el Paseo de las Canteras hasta la carretera del Rincón, donde la mujer lo esperaba con la intención de recuperar a la mascota. Una vez allí, el acusado le advirtió: "no te acerques o tiro al perro y me mato". Acto seguido, "y con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja, lanza al perro por un risco, golpeándose éste contra las escolleras, lo que provocó su muerte".

A causa de los hechos, la mujer sufrió un cuadro de afectación psicológica que necesitó asistencia médica, con un tiempo de curación "estimado en 90 días".

Violencia vicaria sobre un animal

La sentencia expone que aplicar la perspectiva de género "supone entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces".

Al tipificar tanto el maltrato animal como el daño psicológico a la mujer, la autoridad judicial garantizó una medida de protección para la afectada. Además de la condena de prisión, la sentencia prohíbe al acusado acercarse a la denunciante o comunicarse con ella por cualquier medio durante 2 años y 1 día. La pena de cárcel quedó suspendida, ya que el acusado no tenía antecedentes y la condena era inferior a 2 años.

La sentencia es firme, ya que el acusado admitió como cierto el relato del fiscal y aceptó la pena. El juicio rápido se llevó a cabo el lunes 22 de septiembre.

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