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Llamadas telefónicas
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Llamadas telefónicas (Foto: Pexels/ron-lach)

La Agencia de Protección de Datos explica qué hacer si se sigue recibiendo 'spam telefónico'

viernes 30 de junio de 2023, 08:33h

La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una circular para explicar qué hay que hacer si se siguen recibiendo llamadas comerciales no deseadas, conocidas popularmente como 'spam telefónico'.

Y es que el jueves, 29 de junio, entraban en vigor las modificaciones en la Ley de telecomunciaciones, que prohíbe expresamente a las empresas hacer llamadas a ciudadanos sin su consentimiento previo.

La Agencia detalla en su documento que los usuarios tienen ahora el derecho expreso a no recibir llamadas con fines de comunicación comercial no solicitadas, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones o que estas puedan ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Aclara que hay algunas excepciones y que los ciudadanos pueden evitar estas llamadas si continúan produciéndose.

En caso de que en el teléfono suene una llamada comercial, la empresa debe justificar que tenía permiso para ello o que la llamada tiene un "interés legítimo" que prevalece sobre el derecho a no recibirla.

Cuando esto ocurra, el ciudadano puede ejercer su derecho de oposición y desestimiento para no seguir recibiéndolas.

Interés legítimo

Spam telefónicoPara realizar el análisis sobre el interés legítimo de aquellos que realizan las llamadas comerciales, la Agencia ha partido de la finalidad perseguida por el legislador, que implica un cambio sustancial en el régimen jurídico. De este modo, el reconocimiento directo del derecho a no recibir llamadas no deseadas conlleva la obligación de los responsables de no realizarlas salvo que acrediten la existencia de alguna de las excepciones que, “dado su carácter excepcional, deben ser objeto de interpretación restrictiva”.

La interpretación del interés legítimo debe realizarse de forma estricta, evitando que aquellos que realizan las llamadas puedan hacer una interpretación en términos tan amplios que fuesen contrarios a la finalidad pretendida por la norma.

La empresa pueda justificar su interés legítimo y el usuario debe haber tenido una relación previa con ella habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los productos ofrecidos por la empresa deben ser similares a los que se hubieran contratado con anterioridad.

Esta posibilidad sólo se refiere a las llamadas de la misma empresa con la que se hubiera tenido esa relación y no a otras entidades (terceras empresas), aunque pertenezcan a su mismo grupo empresarial.

Además, si la relación contractual ya no está en vigor y el usuario no ha realizado ninguna otra solicitud o interacción con la empresa durante el último año, no podrán llamarle.

Llamadas aleatorias

Llamada comercialEn cuanto a las llamadas realizadas a números generados de forma aleatoria, sólo pueden ser de carácter comercial con el consentimiento previo del usuario. La empresa no puede realizarlas basándose en su interés legítimo, ya que en este caso no prevalece sobre el derecho de los usuarios.

Esto quiere decir que podemos recibir llamadas de tipo demoscópico, de finalidad no comercial, como una empresa que va a proponer hacer una encuesta de manera aleatoria a esa persona.

La Agencia ha publicado un documento que detalla las garantías para los usuarios incluyendo, además, cuándo se pueden realizar llamadas a los abonados cuyo teléfono aparece en las guías telefónicas, la consulta de los sistemas de exclusión publicitaria, los datos de contacto laborales y el derecho a la información.

"Al inicio de cada llamada deberán informarte de la identidad de la empresa o de la persona por cuenta de la cual te llaman, indicarte la finalidad comercial de la llamada y la posibilidad de revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición. Ten en cuenta que todas las llamadas deberán grabarse", explica la Agencia.

Es previsible que ahora las empresas vayan a encauzar su actividad a captar bases de datos legítimas para seguir haciendo llamadas comerciales y conseguir ventas. Para ello, los usuarios tendrán que conocer detallamente qué consienten en algún documento firmado o enviado por internet.

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