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Persona con discapacidad
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Persona con discapacidad (Foto: EP)

Adelante la reforma del artículo 49 de la Constitución para las personas con discapacidad

miércoles 17 de enero de 2024, 09:42h

El Pleno del Congreso de los Diputados, en sesión extraordinaria celebrada en el Senado por las obras en la Cámara Baja, debatirá en lectura única el jueves la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución, promovida por PP y PSOE.

La reforma tiene por objeto la "actualización en lenguaje y contenido", del artículo dedicado a los derechos y a la protección de las personas con discapacidad, se explica en la exposición de motivos. Con esta reforma se eliminarán de la Constitución los conceptos de "disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos".

Ayer martes, la Cámara tomaba en consideración de la proposición de reforma, por 315 votos a favor, ninguno en contra y 33 abstenciones (las de Vox); y ha acordado su tramitación directa y en lectura única, por 310 votos a favor, 33 en contra y 5 abstenciones.

Por ello, el jueves el Pleno debatirá en una única sesión el texto y las enmiendas presentadas en su caso.

Para su aprobación, y de acuerdo con el artículo 167 de la Constitución, deberá ser aprobado por una mayoría de 3 quintos de los diputados.

Alcanzada dicha mayoría, la iniciativa se remite al Senado para continuar su tramitación parlamentaria y donde también se exige la misma mayoría.

Qué dirá ahora el artículo 49

La nueva redacción propuesta del artículo 49 establece en su punto primero que "las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos" en el Título I "en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas". También fija que "se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio".

Asimismo, el punto segundo define que "los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad".

La reforma planteada dice en su exposición de motivos que la Constitución "consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y democrático de Derecho" y que "una de las plasmaciones concretas de esta configuración es su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con discapacidad", un precepto que "situó en su día a España en la vanguardia de la protección de este colectivo".

Además, en la iniciativa se explica que en los últimos años, "la protección de las personas con discapacidad se ha visto impulsada por el Derecho Internacional", cuyo eje es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; que tanto la legislación estatal como autonómica se ha adaptado a dicha normativa internacional y que, paralelamente, "la sociedad civil articulada en torno a las personas con discapacidad ha venido planteando a los poderes públicos la necesidad de acomodar" el artículo "a la realidad social y a la normativa internacional".

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