www.diariocritico.com

El Supremo reduce de 9 a 4 años la pena a un condenado por tocar el trasero a 4 niñas

Abusos sexuales y violación
Ampliar
Abusos sexuales y violación (Foto: Unsplash)
jueves 15 de diciembre de 2022, 12:48h

En aplicación de la reforma de la ley de libertad sexual, conocida popularmente como 'ley del sólo sí es sí', la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado la condena de 9 años a 4 años y 6 meses de prisión a un hombre que realizó tocamientos en los glúteos a 4 niñas menores de 16 años y a otra mayor de edad.

Los hechos tuvieron lugar cuando éstas practicaban deporte en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019.

La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a 9 años de prisión por 4 delitos de abuso sexual a menores y otro de abuso sexual a mayor de edad. En la sentencia de instancia se explicaba que debía imponerse al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos.

Esa pena mínima antes de la reforma de la Ley Orgánica 10/2022 se fijó en dos años de prisión por cada uno de los 4 delitos de abuso sexual a menor (antiguo art 183.1 C.P.) y en 1 año de prisión por el delito de abuso sexual a mayor de edad ( antiguo art 181.1).

Ahora, el nuevo delito de abuso sexual a menor (art 181 del CP) incluye una previsión en su párrafo segundo que antes no existía y que permite, en los casos de menor gravedad, rebajar en 1 grado la pena y es lo que se ha aplicado al condenado, al resultar la nueva legislación más beneficiosa para él.

Asimismo, de conformidad con el artículo 76.1 del C.P, el máximo de cumplimiento de pena en este caso queda reducido a la mitad. Antes era de 6 años (el triple de la pena más elevada que eran 2 años) y ahora será de 3 años, por ser el triple de la pena más grave, que en aplicación de la reforma queda fijada en 1 año.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha comunicado el fallo a la Audiencia Provincial de Álava para que acuerde lo procedente en relación con la situación personal del recurrente porque próximamente cumplirá 3 años en prisión por estos hechos.

11 años a un hombre por abusar sexualmente de sus 2 nietas

Al mismo tiempo, hoy conocíamos otra sentencia que sí era ejemplar: la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón condenaba a 11 años de prisión por 2 delitos continuados de abuso sexual a menor de 16 años, para los que aprecia las atenuantes de reparación parcial del daño y confesión, a un hombre de 77 años que sometió a tocamientos y a otras prácticas de carácter sexual a sus 2 nietas, menores de edad.

Lo hizo durante los periodos de visita con ellas, entre los años 2012 y 2013.

La Sala le impone además el pago de una pena multa de 1.080 euros por un delito de exhibición de material pornográfico a menor de edad, ya que el condenado puso vídeos pornográficos en su teléfono móvil a una de las pequeñas.

Por otro lado, el hombre deberá indemnizar con 15.000 euros a cada una de las víctimas por los daños morales causados a consecuencia de los abusos a los que las sometió. Tampoco podrá comunicarse ni acercarse a menos de 500 metros de ellas durante ocho años a partir del cumplimiento de la pena prohibitiva de libertad.

Las niñas, que eran primas, tenían 7 años en el momento de los hechos. La sentencia inhabilita al penado para el ejercicio de cualquier profesión y oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 10 años.

Los hechos ocurrieron durante los años 2012 y 2013 en el domicilio, una barraca de caza o el coche del procesado, cuando, según el relato de hechos probados recogido en la resolución judicial, el hombre aprovechaba los periodos en los que las niñas le visitaban para someterlas a tocamientos y otros actos de tipo sexual.

Además, una de las menores tenía 10 años de edad, el condenado le exhibió varios vídeos con contenido pornográfico con su teléfono móvil.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)

+
1 comentarios