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La Guardia Civil de Tráfico, en un control
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La Guardia Civil de Tráfico, en un control (Foto: Ministerio del Interior)

La tasa máxima de alcohol se reducirá más y se prohibirá divulgar la ubicación de controles de tráfico

miércoles 19 de marzo de 2025, 09:29h

El Congreso tomó ayer martes en consideración la Proposición de Ley sobre la reducción de la tasa máxima de alcohol en sangre para conduicir, además de la prohibición de la difusión de la ubicación de controles.

La iniciativa, del PSOE, comienza su tramitación con 177 votos a favor, 32 en contra y 135 abstenciones.

Según la exposición de motivos, las múltiples reformas de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial “han tenido como hilo conductor la mejora de la seguridad vial. Y en este mismo objetivo deben entenderse las dos medidas objeto de la presente modificación: la reducción de la tasa máxima de alcohol en sangre o en aire espirado permitida para la conducción de vehículos y la prohibición de la difusión de información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, claramente complementarias”.

La ley, que se constituye por un artículo único, propone reformar el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

En primer lugar, se añade al artículo 13 la prohibición de “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.

Tasas de alcohol

Asimismo, el artículo 76 señalará que será infracción grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.”

De la misma manera, el artículo 77 recogerá que será infracción muy grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas”.

Ubicación de controles policiales

También será infracción muy grave “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.

A su vez, se modifica el artículo 80, que señalará que “las infracciones previstas en el artículo 77c) cuando la tasa de alcohol exceda de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o 1 gramos por litro en sangre, y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros”.

Por su parte, el punto seis modifica el artículo 82, relativo a los controles policiales, que queda redactado de la siguiente manera: “En el supuesto de difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, el responsable de la infracción será la persona física que difunda el contenido, aunque se sirva para ello de plataformas o servicios de la sociedad de la información, o se trate de redifusiones con origen en otros datos o informaciones de terceros”.

Por último, el punto siete modifica el punto 1 del anexo II, que recoge las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. De tal modo, la sanción será de seis puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a más de 0,5, o 1 gramo por litro en sangre; de cuatro puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,25 hasta 0,50, o superior a 0,5 hasta 1 gramo por litro en sangre (incluido), y de dos puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,10 hasta 0,25, o superior a 0,2 hasta 0,5 gramos por litro en sangre (incluido).

Tramitación parlamentaria

Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, como fija el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso.

En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado el debate, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en el Congreso. Si la iniciativa resulta aprobada por la Cámara Baja, se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.

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