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El Supremo afirma que una ley específica para la pandemia ofrecería 'la máxima seguridad jurídica'
(Foto: EP)

El Supremo afirma que una ley específica para la pandemia ofrecería "la máxima seguridad jurídica"

lunes 24 de mayo de 2021, 17:06h

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el gobierno de Canarias por la anulación de algunas medidas decretadas tras el fin del estado de alarma. En su sentencia, el Alto tribunal considera que una regulación específica para afrontar la pandemia hubiera ofrecido "la máxima seguridad jurídica" a las restricciones dictadas por las comunidades. Aunque señala que la legislación ordinaria permite "limitaciones puntuales a los derechos fundamentales", señala que hubiera sido "deseable" una regulación específica.

Con el fin del estado de alarma, el Gobierno impulsó un Real Decreto para que las comunidades pudiesen recurrir en casación al Tribunal Supremo cuando los tribunales superiores de justicia autonómicos denegasen sus restricciones. Y ante un nuevo choque de criterios entre tribunales, algunas regiones decidieron acudir al Supremo.

Es el caso de Canarias, que trasladó al Alto tribunal las medidas, entre ellas el cierre perimetral, anuladas por el TSJC. El Supremo ha desestimado el recurso del gobierno canario, en una sentencia de 33 páginas, en las que además de justificar su decisión, los magistrados se pronuncian al respecto de la adopción de restricciones de derechos fundamentales para combatir la pandemia.

"Sin ninguna duda hubiera sido deseable que, en vez de a conceptos indeterminados y cláusulas generales, pudiéramos acudir a una regulación específica para afrontar la pandemia que detallase cuantos extremos fueran susceptibles de precisión para ofrecer la maxima seguridad juridica", afirma el Supremo.

El tribunal admite que "no puede preverse todo y tampoco puede decirse que los preceptos examinados adolecen de tal indeterminación que permitan hacer cualquier cosa a las Administraciones que los utilicen".

La sentencia señala que "será necesario examinar cada medida y valorarla atendiendo a los criterios de adecuación, necesidad y proporcionalidad". Según el Supremo, la legislación ordinaria "sí autoriza la limitación de la libertad de circulación siempre que se cumplan" estos tres criterios.

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