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El Supremo confirma que los 'riders' son falsos autónomos
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(Foto: Chema Barroso / MDO)

El Supremo confirma que los 'riders' son falsos autónomos

miércoles 23 de septiembre de 2020, 15:18h

El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto del modelo laboral de 'riders' de empresas como Glovo y ha confirmado que se trata de falsos autónomos ya "exite relación laboral" entre el repartidor y la compañía.

El Supremo pretende unificar la doctrina respecto a los repartidores o 'riders' de plataformas digitales, después de que Inspección de Trabajo haya concluido en diversas ocasiones que estos 'riders' deberían estar contratados laboralmente.

Importante sentencia del Tribunal Supremo respecto a los 'riders'. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado que la relación existente entre un repartidor (‘rider’) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral.

El Tribunal ha estimado el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que "concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad".

Glovo no es una mera intermediaria

El Supremo sostiene que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores.

"Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio. Y es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad. Para ello se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador", reza el comunicado del Tribunal Supremo.

Respecto al segundo recurso de casación, el Supremo ha decidido desestimarlo por "incumplimiento de requisitos formales", según señalan los magistrados en la nota.

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