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Esperan prospere la Ley Alimentaria para Trabajadores

Esperan prospere la Ley Alimentaria para Trabajadores

lunes 03 de noviembre de 2008, 00:09h

La senadora María de los Angeles Moreno espera que este mes se dictamine la iniciativa de Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, que en términos de financiamiento e incentivos fiscales ofrece grandes ventajas a los sectores productivos.

Precisó que según análisis de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (Amedirh) y el Centro de Estudios de Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados (CEFP), dicha propuesta significaría un gran avance en política social.

Puntualizó que la Amedirh aplicó un estudio de opinión a 216 medianas y grandes empresas que coincidieron en que las iniciativas de este tipo son positivas.

La legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI) destacó que según el CEFP, dicha iniciativa ofrece cuatro ventajas en materia fiscal a los trabajadores y patrones.

Los beneficios propuestos en la iniciativa no implican efectos en la carga fiscal de los obreros, pues la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR), en su Artículo 109, fracción 22 establece que se consideran ingresos exentos los percibidos por concepto de alimentos.

De la misma forma como los trabajadores no son sujetos del Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU), no tendrían impacto en la carga fiscal.

En lo que se refiere al patrón, dijo que los beneficios fiscales de la iniciativa no implica efectos con impacto presupuestal, toda vez que ya se están estipulados en los mismos términos, respecto a la Ley del ISR, en su Artículo 32, fracción 20.

Los beneficios fiscales de la iniciativa no implica efectos adicionales considerables en la recaudación, debido a que la Ley del ISR, en su Artículo 31, fracción 12 regula lo conducente a las prestaciones de previsión social, como los vales de despensa.

Moreno Uriegas precisó que esta ley establece claramente que no son deducibles los conceptos relacionados con salarios y demás prestaciones que reciba el trabajador; eso significa que las ayudas alimentarias que el patrón otorgue se gravarían por dicho impuesto.

Indicó que se estipula que será de aplicación preferente lo establecido en la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, y se dejará en segundo término lo establecido en las leyes tributarias.

Para efectos del IETU, aun cuando la ley propia establece la no deducibilidad de las prestaciones a trabajadores, conforme a la iniciativa sí serían deducibles hasta por un monto equivalente a un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, añadió.

 

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