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La Comunidad dice que la Ley no afectará a los PGOUs ya aprobados o licitados

jueves 26 de julio de 2007, 20:20h
La norma que limitará a cuatro alturas la construcción de nuevos edificios no afectará al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid ni al de otros municipios de la región que ya estén aprobados o licitados, aunque sí a los nuevos planes o desarrollos que se aprueben, una vez entre en vigor la Ley de Medidas Urgentes, ratificada ayer por la Asamblea de Madrid, según fuentes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
El vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, destacó este viernes que la Ley no atañe "directamente" a la capital porque tiene "absolutamente desarrollado el urbanismo de acuerdo a las previsiones del PGOU". Pero dijo que la norma "sí hace referencia a los municipios que están en proceso de aprobación de sus planes".

No obstante, la nueva Ley subraya que la limitación de construir se aplicará a todos los "planes generales o parciales que aún no han sido aprobados provisionalmente por el Ayuntamiento". 

Aunque ciertamente existen zonas aún sin edificar y desarrollos por aprobar en la capital, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio admite que, en el caso de Madrid, la norma, en la práctica, tendrá reducida aplicación, "ya que le queda poco suelo urbanizable".

Asimismo, estas fuentes indicaron que el 91 por ciento de los nuevos edificios construidos en la Comunidad de Madrid desde principios de la década de los 90 tienen 4 alturas o menos.
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