La familia de Manu siempre había solicitado que la condena a José Manuel fuera por asesinato y no por homicidio, como así
había estimado la Audiencia Nacional, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le ha dado la razón ampliando la pena original en ocho años. De hecho, el TSJM ha criticado la decisión de la Audiencia que califica de contradictoria y "perpleja". En la primera sentencia, la Audiencia señala que José Manuel "de forma absolutamente sorpresiva, sacó una navaja que llevaba en el bolsillo y con el propósito de acabar con su vida se la clavó dos veces a Manuel". Este texto es, para el Tribunal Superior de Justicia, lo suficientemente descriptivo para calificar el delito de asesinato, y no de homicidio. "La acción se realizó con alevosía", indican.
Los hechos tuvieron lugar el 2 de mayo del 2005 en la colonia Oroquieta del distrito de Villaverde. La disputa de un parque fue el motivo de una pelea que adolescentes que, en un principio, no tuvo mayores consecuencias. Sin embargo, posteriormente José Manuel M.L., que entonces tenía 19 años, regresó al parque para asestar dos puñaladas a Manu, que casi falleció en el acto. Más tarde, el asesino se entregó a la Policía después de la mediación de su madre.
La agresión, según la resolución del Tribunal Superior de Justica del pasado 27 de julio, se realizó "con frialdad, eficacía y maestría", razón por la cual ha elevado la categoría del delito a asesinato. También califica el ataque de José Manuel de "macabra destreza" ya que, dice, apuñaló a Manu casi sin que nadie se diera cuenta, "haciendo gala de una notable facilidad para causar la muerte al oponente". Esta nueva sentencia, que acepta el recurso de apelación que interpuso el abogado de la familia de Mani, Esteban Mestre, puede ser recurrida por la defensa de McGrady, que en un principio se conformó con la pena de 10 años.