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Para evitar los excesivos recursos de tráfico

El Tribunal Municipal de Madrid impondrá el pago de costas a denuncias abusivas

jueves 18 de octubre de 2007, 16:25h
El Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid podrá imponer el pago de las costas causadas de una revisión administrativa si detecta un uso temerario o de mala fe de la posibilidad de recurrir por parte de los ciudadanos y el recurso es desestimado. La Junta de Gobierno aprobó este jueves el proyecto de Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal de Madrid así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
La medida supone adaptar el anterior Reglamento Orgánico a la normativa que ha entrado en vigor con posterioridad a su aprobación y, de manera muy especial, a la Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en cuyo artículo 25 se regula de forma pormenorizada el Tribunal.

El Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid es un órgano especializado en el conocimiento y resolución de las reclamaciones que pueden interponerse por los ciudadanos frente a dos tipos de actos: los actos de aplicación de los tributos de Madrid capital (IBI, ICIO, Vehículos, Tasas, etc.) y los actos de recaudación de los restantes ingresos de derecho público de Madrid (Ejecuciones subsidiarias, sanciones pecuniarias, etc.).

Fue creado por el Pleno en el año 2004 como consecuencia de la Ley de Modernización del Gobierno Local y desde entonces está dando cumplimiento a su principal objetivo: ser una vía nueva, gratuita e independiente de revisión de actos, lo cual contribuye a que se reduzca la conflictividad en vía contencioso-administrativa.

Madrid será pionera en la imposición de costas, aunque para ello seguirá las pautas establecidas en la Ley General Tributaria. Hasta el momento no se ha presupuestado ninguna cantidad, pues lo que se espera de la posibilidad de imponer costas no es su recaudación, sino la desaparición de las reclamaciones temerarias o de mala fe.

Procedimiento gratuito
En Madrid, el procedimiento económico-administrativo es y va a seguir siendo un canal gratuito de defensa de los derechos de los madrileños, puesto que el Ayuntamiento tiene obligación de revisar sus actos a solicitud de los ciudadanos y, además, tiene obligación de estimar el recurso interpuesto si el ciudadano tiene razón. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, en ocasiones, esta vía gratuita de revisión administrativa no siempre se está empleando como vía de defensa de los intereses de los administrados.

Por ello, cuando el ciudadano solicite al Tribunal la revisión de un acto administrativo, inste esa actividad con temeridad o mala fe (por ejemplo, con manifiesto abuso de derecho o con una finalidad exclusivamente dilatoria), si finalmente el Tribunal no le da la razón, no habrá hecho otra cosa que malgastar el dinero de todos los madrileños, lo cual no es de recibo. En tal caso, se le impondrá el pago de las costas causadas.

Abuso en reclamaciones de tráfico
El mayor grado de abuso se concentra en el procedimiento de recaudación ejecutiva de sanciones de tráfico. Hay un alto volumen de reclamaciones  que parten de un ‘modelo’ de alegaciones en los que, por lo general, sólo se contiene argumentación jurídica, sin referencia alguna a los hechos en los cuales se sustenta la impugnación. La conexión entre los hechos y el derecho es lo que permite comprobar la corrección del procedimiento.

En el procedimiento económico-administrativo, si hubiera imposición de costas, el reclamante deberá abonar la cuantía que vendrá fijada en la resolución y que se habrá calculado en función del coste medio del procedimiento y de la complejidad de la reclamación.

Desde que el Tribunal está actuando (octubre de 2004) se han presentado 19.749 reclamaciones en materia de recaudación ejecutiva de sanciones de tráfico, lo que representa, aproximadamente, el 85 por 100 de las presentadas. El Tribunal ha desestimado el 90 por 100 de las mismas.
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