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Durante 2013

Orden de Hacienda: El Gobierno regional no podrá contratar personal 'salvo casos excepcionales'

Orden de Hacienda: El Gobierno regional no podrá contratar personal "salvo casos excepcionales"

jueves 31 de enero de 2013, 14:39h

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una Orden de la Consejería de Hacienda sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta para 2013 que, entre otras cuestiones, establece que el Gobierno autonómico no podrá contratar a nuevo personal "salvo en casos excepcionales".

La Orden  tiene por objeto regular las normas y procedimientos necesarios para la ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta para 2013, "garantizando una adecuada disciplina presupuestaria, así como la racionalización del gasto, y contribuyendo de este modo a la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

   El documento señala que durante el año 2013 no se procederá a la contratación de nuevo personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal, ni de funcionarios interinos en el ámbito del sector público regional, "salvo en casos excepcionales en los que, contando con la correspondiente dotación presupuestaria, se pretendan cubrir necesidades urgentes e inaplazables".

   Estos nuevos contratos se restringirán a los sectores, funciones y grupos profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

   Con carácter general, según indica la Orden, se considerará que no existen necesidades urgentes e inaplazables para la cobertura de puestos de trabajo por sustitución transitoria de sus titulares, en los supuestos de concesión de comisiones de servicios, licencias sin sueldo y de cualquier otro permiso o licencia que esté sometida para su autorización a las necesidades del servicio.

   Excepcionalmente, en casos debidamente justificados y previo informe de la dirección general competente en materia de presupuestos, podrá ser apreciada la existencia de necesidades urgentes e inaplazables para proceder a la cobertura de puestos de trabajo.

Tampoco en entidades, empresas o fundaciones

   Durante el ejercicio 2013, las entidades, empresas públicas y fundaciones pertenecientes al sector público regional así como los consorcios participados mayoritariamente por la Administración de la Junta o por sus órganos o entidades vinculadas o dependientes no podrán proceder a la contratación de nuevo personal, salvo que las contrataciones respondan a convocatorias iniciadas en ejercicios anteriores o que resulten obligatorias en el marco de programas o planes plurianuales que estén en ejecución a la entrada en vigor de la mencionada ley.

   Sólo en casos excepcionales, y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, se podrán llevar a cabo contrataciones temporales. En todo caso, la contratación de personal, en cualquier modalidad, requerirá el informe previo de la dirección general competente en materia de presupuestos.

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