www.diariocritico.com
El Constitucional fija los límites para los testigos protegidos

El Constitucional fija los límites para los testigos protegidos

jueves 18 de abril de 2013, 10:09h
En una sentencia relativa a la petición de amparo de dos abertzales condenados por enaltecimiento del terrorismo a la que ha tenido acceso este diario e-Xclusivo, el Tribunal Constitucional ha fijado los límites para fijar la figura del 'testigo protegido' y tener en cuenta sus declaraciones como parte acusatoria.

Dice el Constitucional que de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para poder erigirse en prueba de cargo, la declaración del testigo anónimo debe reunir tres concretos requisitos. El primero de ellos es que el anonimato haya sido acordado por el órgano judicial en una decisión motivada en la que se hayan ponderado razonablemente los intereses en conflicto; el segundo, que los déficits de defensa que genera el anonimato hayan sido compensados con medidas alternativas que permitan al acusado evaluar y, en su caso, combatir la fiabilidad y credibilidad del testigo y de su testimonio; y el tercero, que la declaración del testigo anónimo concurra acompañado de otros elementos probatorios, de manera que no podrá, por sí sola o con un peso probatorio decisivo, enervar la presunción de inocencia.

Lo anterior quiere decir que a partir de ahora habrá que tener mucho cuidado con el uso de los testigos protegidos -arrepentidos y cualquier otra fórmula similar-, porque, en cualquier caso, privan los derechos de defensa de los detenidos o investigados. Un mal uso del testigo protegido podría llevar a la anulación de una condena, por ejemplo.

 
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
1 comentarios