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Bárcenas seguirá en prisión: La Sala de lo Penal le deniega la libertad provisional

La Audiencia Nacional cree que Bárcenas tiene contactos que podrían ayudarle a fugarse

La Audiencia Nacional cree que Bárcenas tiene contactos que podrían ayudarle a fugarse

lunes 29 de julio de 2013, 12:06h
La Sección 4ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha denegado la petición de libertad provisional para el extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, por considerar que tiene "evidentes contactos con personas que pudieran facilitar su sustracción a la acción de los Tribunales". La Audiencia cree que habría gente dispuesta a ayudar a Bárcenas a fugarse y por eso rechaza, incluso, la posibilidad de dejarle en libertad provisional con una fianza y una pulsera telemática.
 
El 'arrepentimiento' último mostrado por Luis Bárcenas no le va a servir para salir de la cárcel en libertad provisional. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha destrozado jurídicamente toda la argumentación de su defensa para que se le concediera la libertad provisional, por lo que el extesorero del PP y antiguo hombre de confianza de Mariano Rajoy seguirá en prisión provisional.

En un Auto de 26 folios muy contundentes, la Audiencia Nacional alude a "las graves responsabilidades penales, todavía en el orden indiciario, y los evidentes contactos del interesado con personas que pudieran facilitar su sustracción a la acción de los Tribunales", y dice taxativamente que "debido a las relaciones opacas y oscurantistas en las que desarrolla sus actividades" se acrecienta sobremanera en estos momentos "el riesgo de fuga del apelante, con los subsiguientes peligros de alteración de las fuentes de prueba y de reiteración delictiva".

Según la Sala de lo Penal son "riesgos que no se enervan por su carencia de antecedentes penales, ni por su arraigo personal, familiar y social, ni tan siquiera por su precedente conducta no denotadora de querer sustraerse a la acción de los diversos órganos judiciales que le han investigado. Por lo demás, repetimos que tales peligros objeto de prevención no se disipan actualmente mediante la imposición de medidas cautelares menos drásticas que las vigentes".

En ese sentido, la Audiencia rechaza igualmente la petición subsidiaria, formulada en la vista del recurso por el abogado de la acusación popular, consistente en la imposición a Bárcenas de una fianza (sin expresar cuantía), acompañada de la condición indispensable de dejarse instalar una pulsera telemática.

Se justificó esa solicitud en la supuesta nueva actitud procesal adoptada por Bárcenas, a raíz de la declaración que efectuó el 15 de julio, en la que -según dicho Abogado- se apunta un cambio de estrategia procesal, al haber realizado manifestaciones sobre los denominados "papeles" que se le atribuyen.

Sin embargo, la Sala de lo Penal dice carecer del suficiente conocimiento que le permita mantener un criterio acerca de la cuestión planteada, especialmente porque la parte interesada no le ha aportado el testimonio de aquella declaración judicial del imputado, ni anticipadamente ha solicitado que se incorpore a este procedimiento.

Además, el tribunal confirma "la escasa eficacia práctica del mecanismo de control telemático propuesto, que facilita la localización de la persona a quien -con su consentimiento- se le instala, pero no impide necesariamente la persistencia en la actividad delictiva ni limita la posible capacidad de alteración o destrucción de pruebas".

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