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Exteriores mantiene que sí cumplía los requisitos porque estaba en prisión provisional

Uno de los indultados en Marruecos... ¡ni siquiera llegó a ser juzgado!

Uno de los indultados en Marruecos... ¡ni siquiera llegó a ser juzgado!

jueves 08 de agosto de 2013, 17:29h
Uno de los presos españoles que fueron indultados la semana pasada por el Rey de Marruecos, Mohamed VI, es un hispano-marroquí que ni siquiera llegó a ser juzgado y que además no cumplía los requisitos para ser perdonado ni para terminar de cumplir su condena en España, según el portal de noticias marroquí 'Lakome'. Sin embargo, Exteriores contradice al citado diario y mantiene que sí cumplía los requisitos puesto que se encontraba en prisión a la espera del juicio que debió haber comenzado justo después del indulto.
Mohamed Mounir Molina, que había sido acusado de tráfico internacional de drogas, transporte internacional de drogas y constitución de banda organizada, opuso resistencia en el momento de su detención, hace aproximadamente un mes, utilizando un arma de fuego contra los policías.

El juicio debía comenzar el pasado 1 de agosto en el Tribunal de Apelación de Alhucemas, pero ese día el juez constató que el acusado no se encontraba en la sala. Había sido liberado 48 horas antes de que se iniciase el proceso judicial, de acuerdo con 'Lakome', uno de los primeros medios que informó sobre el caso del pederasta Daniel Galván Viña, cuyo indulto acabó siendo revocado.

El pasado 30 de julio, Mohamed VI indultó a 48 presos españoles con motivo del aniversario de su llegada al trono y como muestra de amistad con el Rey Juan Carlos. Fuentes conocedoras del proceso explicaron que la Embajada de España en Marruecos facilitó a las autoridades marroquíes una lista en la que pedía el indulto para 18 presos españoles y se solicitaba que otros 30 fueron trasladados a España para seguir cumpliendo su condena.


¿Podía o no ser indultado?

Según las fuentes judiciales marroquíes consultadas por el portal de noticias, Mounir Molina no reunía las condiciones para ser puesto en libertad ni para terminar de cumplir su pena en España porque aún no había sido juzgado ni condenado. Además, el poseer la doble nacionalidad le negaría la posibilidad de ser trasladado.


Sin embargo, fuentes de Exteriores han explicado que si bien para el caso de los traslados hay unos requisitos claros, reflejados en un convenio bilateral, con los indultos no existen criterios definidos. Se tienen en cuenta muchas "variables", como el tipo de delito, los antecedentes penales, las circunstancias personales, las cargas familiares o el estado de salud.

En el caso del preso indultado que no había sido juzgado, Exteriores ha explicado que se consideró que por sus "circunstancias" se podía incluir en la lista de posibles indultados. Aunque no estaba juzgado ni condenado, se consideró que su situación era "asimilable" porque estaba en prisión.

Según informó el portal de noticias marroquí 'Lakome', este preso había sido acusado de tráfico internacional de drogas, transporte internacional de drogas y integración en banda organizada. Su juicio debía haber comenzado el 1 de agosto, dos días después de que se anunciara su indulto.

Desde Exteriores se insiste en que no existe una legislación universal en materia de indultos, una medida que en Marruecos tiene unas prerrogativas que "no se pueden comparar" a su regulación en España. En el país norteafricano es algo "habitual" que el Rey conceda indultos: con motivo del décimo aniversario de su llegada al Trono indultó a más de 24.000 presos.


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