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El TSJA 'devuelve' a Alaya la causa de los ERE y le pide que divida el caso en piezas

El TSJA 'devuelve' a Alaya la causa de los ERE y le pide que divida el caso en piezas

lunes 27 de abril de 2015, 16:51h
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha remitido a la juez Mercedes Alaya la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE), en la que se encuentran imputados cuatro ex consejeros, una vez que los imputados han dejado de estar aforados tras la constitución del nuevo Parlamento andaluz. De esta forma, Alaya podrá citarlos a declarar en su juzgado. El TSJA también ha solicitado a la juez, como hizo la Fiscalía Anticorrupción, la división del caso en piezas separadas.
El magistrado instructor acuerda remitir a la juez las diligencias referentes a Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila, Francisco Vallejo y Manuel Recio "para que, con libertad de criterio, prosiga su tramitación", todo ello "sin perjuicio de reiterar la conveniencia y razonabilidad de dividir la causa general en piezas separadas".

De igual modo, rechaza archivar la causa contra los tres exconsejeros que lo habían solicitado, como son Martínez Aguayo, Ávila y Vallejo, todos los cuales han prestado declaración de manera voluntaria ante el magistrado instructor en las últimas semanas. Manuel Recio, que no ha declarado en el TSJA, es el único de los cuatro imputados que no había pedido el archivo de la causa.

El magistrado instructor relata que "desde el mismo momento en que se incoaron estas diligencias previas era notorio que los cuatro imputados, aforados por su pertenencia a la Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía, perderían esa condición el día 16 de abril de 2015, fecha de constitución del Parlamento de la X Legislatura", puesto que "no estaban incluidos como candidatos en ninguna de las listas electorales".

"En cumplimiento de las previsiones legales, esta Sala asumió su competencia, que ha de calificarse como plena y a todos los efectos, por cuanto ningún otro órgano judicial era competente durante el referido periodo, como así lo entendió la magistrada al elevar su exposición razonada", todo ello "sin perjuicio de que la previsible limitación temporal condicionaba el propio contenido de la instrucción".

En este sentido, el magistrado instructor dice que "la circunstancia prevista ya se ha producido, lo que comporta el decaimiento de la competencia de este Tribunal sobre la presente causa", punto en el que pone de manifiesto que "el haber tenido competencia, por razón de aforamiento, para la instrucción, no puede impedir que si se pierde el aforamiento antes de la apertura del juicio oral la causa deba ser remitida al órgano judicial competente conforme a las reglas generales".

A continuación, el magistrado instructora analiza la petición de archivo planteada por Martínez Aguayo, Vallejo y Ávila, quienes solicitaron el sobreseimiento por considerar que algunos de los hechos referidos en la exposición razonada elevada por la juez Alaya no son ciertos y que los demás no son constitutivos de delito, aportando a la causa documentos, declaraciones y alegaciones que sustentan una tesis "contrapuesta" a la de la juez Alaya, y dice que "no se considera en disposición de pronunciarse con suficiente grado de convicción sobre tales aspectos controvertidos".

 Y "ello es así porque pese a la atenta lectura no sólo de la exposición razonada, sino también de los voluminosos anexos que se acompañaban, la determinación del grado de conocimiento de los imputados de cómo se venían concediendo las subvenciones a empresas y las denominadas ayudas sociolaborales en la Consejería de Empleo y la valoración de hasta qué punto el instrumento presupuestario utilizado --las transferencias de financiación-- fue un ardid buscado de propósito para abrir un amplio margen de discrecionalidad que permitiera decisiones basadas no en razones de interés público sino para procurar el enriquecimiento de terceros en detrimento del erario público, requeriría, al menos" de una serie de actuaciones.

De este modo, ello requeriría "de una lectura exhaustiva del resto de diligencias practicadas" por Alaya, la toma de declaración de peritos, "como los de la Intervención General del Estado --sobre cuyos informes la magistrada construye buena parte de su exposición razonada--", y un ulterior interrogatorio de los imputados "que no consistiera únicamente en oír e incorporar la declaración voluntaria de los mismos", sino "en una más detallada investigación sobre todos los aspectos que podrían condicionar la valoración de los hechos imputados, lo que no ha sido posible por el poco tiempo del que se ha dispuesto".

En este punto, el instructor añade "una razón de orden distinto", como es que "la disgregación de la causa en lo referente a la creación y mantenimiento del 'procedimiento específico' entre unos y otros supuestamente participantes en su ideación, puesta en marcha y funcionamiento no es una solución deseable, por más que haya venido impuesta por el aforamiento ante dos órganos judiciales de algunos de los imputados", ya que "la valoración jurídica de las resoluciones y omisiones que se reprochan en la exposición razonada en el proceso de elaboración de los presupuestos anuales de la Junta requiere una decisión que, al menos en su aspecto objetivo, ha de ser única y no contradictoria".

"De ahí que una vez que el aforamiento que determinó la competencia provisional de este tribunal haya decaído, parecería irrazonable un pronunciamiento precipitado sobre tales aspectos cuando tanto en el Juzgado número 6 de Sevilla como, sobre todo, en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, todavía queda un no insignificante recorrido para la instrucción", concluyendo que, "del mismo modo que este instructor no ha podido alcanzar una convicción suficiente como para dictar un auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, con la consiguiente inculpación de los encausados, tampoco ha podido alcanzar dicho grado de convicción para acordar su sobreseimiento, por lo que no queda más opción de remitir la causa al órgano competente para la prosecución de las diligencias".

A continuación, el instructor sintetiza las principales premisas de las que parte la exposición razonada elevada a la Sala, así como los argumentos que sostienen los imputados frente a esa tesis incriminatoria, como es que "no ha existido una decisión política adoptada en las altas esferas de la Administración andaluza consistente en habilitar un espacio de arbitrariedad para la concesión de las subvenciones y ayudas sociolaborales, sino un uso abusivo y desviado de la potestad subvencionadora en el ámbito de la Consejería de Empleo, en la fase de ejecución del presupuesto, sobre la que carecían de toda competencia y que no llegaron a conocer".

Sobre el destino de las actuaciones y la conveniencia de dividir la causa en piezas separadas, el instructor considera que "parece sumamente razonable y conveniente dividir la causa en diferentes piezas separadas, permitiendo el tratamiento --y en su caso enjuiciamiento-- separado de los aspectos que presenten suficiente autonomía, como son cada uno de los expedientes de concesión de las ayudas, la conformación y mantenimiento del procedimiento específico, y la atribución de sobrecomisiones a determinadas aseguradoras, sindicatos y despachos de abogados intervinientes".

"Ha de insistirse en que la existencia de una conexión funcional entre esos diferentes aspectos no es un argumento definitivo ni suficiente como para, en aras del principio de continencia de la causa, agrupar todas las conductas en una macrocausa cuyo volumen y número de imputados presenta dificultades y problemas de manejabilidad procesal que dificultan en extremo un tratamiento adecuado y provocan una indeseable demora del enjuiciamiento en lo que ya resulta sencillamente enjuiciable", concluye.

Alaya cita a 14 ex altos cargos de la Junta de Andalucía


La juez Mercedes Alaya ha citado a declarar este martes a 14 ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos los ex consejeros Antonio Fernández y Martín Soler, imputados en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares.

Cabe recordar que estas declaraciones fueron fijadas inicialmente para el pasado 7 de abril, aunque la instructora las aplazó a petición de la acusación particular que ejerce el PP-A, que había solicitado la suspensión de las comparecencias al coincidir las mismas con la declaración en el Tribunal Supremo del ex consejero de Empleo José Antonio Viera, causa en la que también está personado este partido.

La juez ha citado este martes a partir de las 10,30 horas y en intervalos de 15 minutos, ante la previsión de que se nieguen a declarar, a los ex consejeros antes citados, a los ex viceconsejeros de Empleo Agustín Barberá y Justo Mañas, al ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez, y a los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera.

Este martes también comparecerán ante la instructora los ex directores generales de IFA/IDEA Francisco Mencía, Jacinto Cañete y Miguel Ángel Serrano, el exgerente del IFA en Sevilla José Enrique Contreras, el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, y el que fuera técnico de la Dirección General de Trabajo y director de Administración y Finanzas de IDEA Antonio Diz-Lois.

La magistrada ha citado a los 14 exaltos cargos de la Junta en relación con las ayudas a la Sierra Norte de Sevilla, Cydeplast, EDM-Séneca e Inverjaén.Tras estas comparecencias, la juez ha citado a varios testigos los días 29 de abril y 18 y 19 de mayo, mientras que los días 11, 12, 13 y 14 de mayo ha citado a 25 imputados relacionados con la Sierra Norte de Sevilla cuyas comparecencias habían sido aplazadas con anterioridad.


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