Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil aumentarán los controles sobre dicho factor de riesgo, con el establecimiento de más de 800 puntos de control con el objetivo de realizar 15.000 pruebas diarias de alcoholemia a conductores que circulen por las carreteras, con un total aproximado previsto de al menos 200.000 en dicho periodo.
Se ha cursado invitación a los Ayuntamientos con más de 25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos municipios, así como a las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco, que tienen transferidas las competencias en materia de tráfico.
Las pruebas no solo se realizarán en horario nocturno, si no también en horas del medio día, para que los controles resulten también disuasorios de ingestión de bebidas alcohólicas durante las típicas comidas que son propias de este mes.
La ingestión de alcohol produce numerosas alteraciones orgánicas y psicológicas que pueden entrañar un grave riesgo durante la conducción de vehículos.
Está demostrada la relación entre consumo de alcohol, incluso a bajas concentraciones etílicas, y la reducción de la capacidad de conducción que se refleja en el deterioro de la atención, de las funciones visual y auditiva, perturbaciones en el campo perceptivo, cansancio, somnolencia o fatiga muscular y los accidentes de circulación.
CAMPAÑA DE CONCIENCIACIÓN
La campaña divulgativa que acompaña esta acción de vigilancia de alcohol, enfoca los mensajes desde las celebraciones del ámbito laboral, comidas y cenas de empresa, en las que con mucha frecuencia se justifican y minimizan los efectos del alcohol sobre la conducción o la cantidad del alcohol que se ingiere.
Esta campaña, hace un recorrido por todos los recuerdos de momentos que dos amigos de la infancia, de toda la vida, han compartido asociados a su coche. El planteamiento de la acción parte del protagonismo que el vehículo tiene en nuestra vida. Cada vez tenemos más tiempo de vida asociado al vehículo. De esta forma se logra que todos los ciudadanos revivamos momentos parecidos que con seguridad hemos vivido.
El spot rescata seis momentos: desde que los amigos iban de uniforme al colegio, pasando por sus vacaciones, escapadas, parejas, trabajo, etc reflejando al final todas las etapas de una vida. Estos recuerdos en positivo son narrados con los verbos: bromear, quedar, recorrer, coleguear, conseguir , soñar... verbos que tras el mortal accidente, se transforman con el NO que antecede a otros verbos: NO disfrutar, NO sorprender, NO acompañar, NO explorar, NO divertir. Para cerrar con el slogan de esta campaña “En el coche puedes vivirlo todo o puedes perderlo todo. Tú decides”.
Además se va a realizar una acción especial en radio e Internet donde los protagonistas serán los oyentes. Estos podrán acceder a las webs de las principales cadenas radiofónicas y dejar sus vivencias, historias, fotos o videos relacionados con el tráfico. Las mejores aportaciones se “colgarán” en Internet y cada semana se emitirá por radio una de ellas. Además entre las preseleccionadas se realizará un sorteo de cheques de combustible al finalizar la acción.
LO QUE DICE LA NORMATIVA
LEY DE SEGURIDAD VIAL
En el artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica.
Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 300 a 600 euros, imponiéndose además, en todo caso, la suspensión del permiso para conducir por un periodo de hasta tres meses.
EN EL PERMISO POR PUNTOS
El sistema de permiso para conducir por puntos fija las siguientes pérdidas por este tipo de infracciones.
Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
- Para tasas de más de 0,50mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionalesy titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.
- Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
- También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.
CÓDIGO PENAL
El Código Penal, en su capitulo IV en el que se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico, recientemente reformado establece las siguientes penas:
DELITO |
PENAS |
ALCOHOL |
Tasas superiores a:
- 0.60 mlgr/l en aire. - 1,2 gr/l en sangre. |
Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
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Negativa a someterse a las pruebas.
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Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
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TASAS MÁXIMAS DE ALCOHOL PERMITIDAS PARA CONDUCIR
CONDUCTORES |
LÍMITE EN SANGRE* |
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO* |
(1) GENERAL |
0'5 gr/l |
0'25 mg/l |
(2) PROFESIONALES
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0'3 gr/l |
0'15 mg/l |
(3) NOVELES
|
0'3 gr/l |
0'15 mg/l |
(1)Tasas máximas permitidas a la población general de conductores.
(2)Tasas máximas permitidas a conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o de servicio público, al escolar o de menores, al de mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales.
(3) Tasas máximas aplicables a cualquier conductor durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que habilita para conducir.
(*) Las tasas obtenidas por análisis de sangre o por aire espirado son equivalentes, tan solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.