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El magistrado tiene abiertas dos causas en el Supremo

Garzón recurre el auto que pide su inhabilitación por considerarlo 'insostenible' e 'infundado'

Garzón recurre el auto que pide su inhabilitación por considerarlo "insostenible" e "infundado"

miércoles 10 de febrero de 2010, 16:13h
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón recurrió el miércoles ante el Tribunal Supremo el auto judicial que la semana pasada apreció indicios de prevaricación en el magistrado por su investigación de los crímenes del franquismo, informaron fuentes judiciales. Paralelamente, la Fiscalía ha respondido a la solicitud del Consejo General del Poder Judicial sobre un informe a cerca de si procede o no la suspensión cautelar del juez. De momento, Conde-Pumpido ha asegurado que se elaborará el documento aunque su posición es contraria a la inhabilitación de Garzón.
En un escrito de 46 páginas, el abogado del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5, Gonzalo Martínez-Freneda lanza duras críticas al auto del juez Varela, que califica de "insostenible en su valoración de los hechos, infundado en la aplicación del Derecho material y sinceramente incomprensible en la aplicación del Derecho procesal".

   Además, se solicita a la Sala de lo Penal del Supremo, integrada por cinco magistrados, que ordene a Varela la práctica de nuevas diligencias de prueba en defensa de Garzón.

   Entre ellas, pide la declaración textual de los tres magistrados de la Audiencia Nacional que realizaron un voto particular en contra de la decisión de la Sala de lo Penal de éste órgano de declararle incompetente para estudiar el denominado caso de las fosas. Se trata de José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Ramón Sáez Valcárcel.

   Igualmente, se solicita que testifiquen Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal Anticorrupción, en su condición de miembro del grupo de expertos que él mismo designó para la investigación de esta causa; del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza; y de los abogados Joan Garcés y Fernando Magán, que representan a los familiares de los desaparecidos.

   Además, interesa que declaren la actual embajadora de Suiza en la República Argentina, Carla del Ponte, en su condición de antigua fiscal jefe del Tribunal Penal Internacional de la ONU, y el ministro de la Corte Suprema de Justicia de Argentina Eugenio Raúl Zaffaronni, uno de los jueces que redactó la sentencia de 2005 que declaró la nulidad de la Ley de Punto Final y Obediencia Debida del país suramericano.

"Calificativos peyorativos" sin base jurídica

El escrito señala en que, en su último auto, el juez instructor del Tribunal Supremo se limitó a emitir "una sucesión de calificativos peyorativos" acerca de la conducta de Garzón, "a cual más injustificado", pero sin ofrecer ni "una valoración técnica jurídica" sobre su comportamiento.

   El auto, agrega el recurso, se dedica a "descalificar todo el actuar del magistrado, con el que parece claro que no está de acuerdo". "Pero no basta estar en desacuerdo para acusar a un magistrado de prevaricador", remacha.

   Para la defensa del magistrado, la clave está en que "se ha considerado inaceptable" que Garzón abriera una causa sobre los crímenes de la Guerra Civil y la posguerra y, a partir de ahí, todas las decisiones tomadas en el seno de esa causa "son valoradas en contra del juez, desde la peor de las diversas interpretaciones posibles".

"Omisiones y contradicciones" de un auto "parcial"

El escrito repasa algunas de las, a su juicio, "omisiones" y "contradicciones" en las que cayó Varela en su auto "selectivo y parcial". En concreto, le reprocha que guarde silencio sobre la querella presentada por Falange Española de las Jons, en la que se acusaba a Garzón de "vulnerar el derecho al honor de las personas que aparecen reseñadas en su auto como responsables de crímenes contra la humanidad", así como acerca del "rapto de los niños" durante la Guerra Civil y la posguerra.

   Critica igualmente que Varela preguntara a Garzón acerca de este asunto en su declaración del pasado 9 de septiembre ante el Tribunal Supremo y, sin embargo, ahora estos "gravísimos hechos punibles jamás investigadados" no aparezcan en su auto.

    También se pregunta por qué no se alude a la supuesta vulneración de las normas de reparto de la Audiencia Nacional, tema sobre el que se practicaron diligencias cuya motivación "todavía no se ha explicado". Este silencio, argumenta, sólo puede entenderse "como un desprecio hacia el resultado de cualquier diligencia que no vaya en la dirección de confirmar que todo, absolutamente todo lo hecho por Baltasar Garzón en su procedimiento odioso era irregular".

   "Se olvidan sistemáticamente los hechos que no encajan en el marco punible diseñado, se imaginan intenciones, se confunden fechas e incluso se imputa a mi mandante la firma de resoluciones que no firmó, por estar de baja", insiste.

   Entre sus "manifiestas contradicciones", el recurso subraya que el auto de Varela "no tiene empacho en imputarle al mismo tiempo una inactividad procesal y una desmedida investigación". "Cualquier comportamiento posible del juez Garzón es culpable", remacha.




"Único país que no investiga sus crímenes de guerra"

   Además, el escrito recuerda por qué Garzón asumió la competencia cuando recibió la denuncia de las asociaciones de Memoria Histórica sobre las desapariciones. Insiste así en que "se limitó a interpretar las leyes internas de conformidad con las normas del Derecho Internacional ne materia de Derechos Humanos, en la misma línea que lo hacen todos los países civilizados de nuestro entorno", como Alemania, Francia o Italia. "Somos el único Estado europeo que no osa investigar sus crímenes de guerra", lamenta.

   También se alega en defensa de Garzón que los delitos de detención ilegal son permanentes y "sólo comienzan a prescribir cuando cesa la situación antijurídica", es decir cuando consta que el detenido es puesto en libertad, y por el momento "no consta que las decenas de miles de desaparecidos en la Guerra Civil hayan sido puestos en libertad".

Igual que la desaparición de 'Pertur'

Igualmente, se insiste en que estos delitos no han prescrito, "como no ha prescrito la desaparición de Eduardo Moreno Bergaretxe 'Pertur' (1976) o la de los miles de desaparecidos en Argentina (1976-1983) que, "esos sí", se admiten investigar en España.

   Por lo que se refiere a la Ley de Amnistía, a la que aludió el juez instructor en su auto, vuelve a defender que no se aplica porque los hechos tipificables como crímenes contra la humanidad no son amnistiables, apreciación que comparte el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

   En suma, Garzón defiende que en su actuación haya habido un comportamiento prevaricador y rechaza el argumento de que haya actuado con el único objetivo real de eludir la Ley de Memoria Histórica y controlar la realización de exhumaciones".

   "No es razonable pensar que ha existido una prevaricación que no han visto ni la Fiscalía ni los 17 miembros de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ni el Consejo General del Poder Judicial, pero que no le ha pasado desapercibida a Manos Limpias y a Falange, que no eran parte en aquel proceso, pero cuyo criterio jurídico será más acertado que el de todos aquéllos", espeta.

 



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