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Guía del uso del vehículo en Madrid a partir de 2020 y 2025: no todos los coches podrán circular
(Foto: Ultimedia)

Guía del uso del vehículo en Madrid a partir de 2020 y 2025: no todos los coches podrán circular

lunes 13 de marzo de 2017, 14:15h
Madrid ha presentado este lunes el Plan de Calidad del Aire que incluye una serie de medidas a implantar en los próximos años como la reducción de la velocidad a 70Km/h en la M-30 a partir del ejercicio que viene, la prohibición de aparcar en la zona SER (interior de la M-30) a los vehículos sin distintivo ambiental desde 2020 y la limitación de su uso en 2025 en todo el término municipal.

Para que sepas si tu coche puede circular por Madrid, te ofrecemos esta guía:

-Cero emisiones:

Vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

-ECO:

Vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

-C:

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

-B:

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

A partir de 2020:

No podrás acceder ni circular por el Área Central (almendra central de Madrid) a no ser que tu coche sea un Emisiones cero, Emisiones eco o Emisiones tipo o clase C. Estos vehículos C son turismos y furgonetas, ambos de gasolina, y matriculados a partir de enero de 2006. También los diésel a partir de 2014.

No podrás aparcar en en la zona SER sin distintivo ecologico.

A partir de 2025:

En 2025 podrán entrar en el Área Central sólo los coches con distintivo cero emisiones y eco, ya tampoco los tipo C, y se limitará la circulación en el término municipal a vehículos sin distintivo ambiental. Es decir, fuera del centro sí podrán circular los tipos C y B.

Los taxis deberán ser cero o eco y la flota de autobuses de la EMT se irá cambiando progresivamente a tipo ecológico y cero emisiones.

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