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Italia echa el cierre total por el coronavirus: sólo farmacias y supermercados estarán abiertos

Italia echa el cierre total por el coronavirus: sólo farmacias y supermercados estarán abiertos
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(Foto: Giuseppe Conte)

> Se reorganizan servicios sanitarios no urgentes y se permite el cierre de vías de transporte

jueves 12 de marzo de 2020, 08:21h

El gobierno italiano de Giuseppe Conte ha dado un paso más en las restricciones para contener en Italia la pandemia de coronavirus extendida. Después de ampliar a todo el país la zona de riesgo, cerrar centros educativos y prohibir las entradas y salidas del territorio, las autoridades han decretado el cierre de todos los comercios que no sean de primera necesidad. Una medida que estará en vigor entre el 12 y el 25 de marzo de 2020.

Es decir, salvo supermercados y farmacias toda Italia echa el cierre. Considerando la evolución de la situación epidemiológica, la naturaleza particularmente extendida de la epidemia y el aumento de casos en el territorio nacional; así como las dimensiones supranacionales del fenómeno epidémico, el ejecutivo de Conte aprobó un nuevo decreto de medidas urgentes contra el Covid-19 como son:

  1. Las actividades de venta minorista se suspenden, con la excepción de las actividades de alimentos y necesidades básicas, tanto en el contexto de las empresas del vecindario como en la distribución a mediana y gran escala, también incluidas en centros comerciales, siempre y cuando se permita el acceso a las actividades mencionadas. Independientemente del tipo de actividad que se lleve a cabo, los mercados están cerrados, con la excepción de las actividades destinadas a vender solo alimentos. Periódicos, estancos, farmacias y parafarmacias permanecen abiertos. En cualquier caso, se debe garantizar la distancia de seguridad interpersonal de un metro.
  2. Las actividades de los servicios de restauración (incluidos bares, pubs, restaurantes, heladerías, pastelerías) están suspendidas, con la excepción de los comedores y la restauración continua por contrato, lo que garantiza la distancia de seguridad interpersonal de un metro. Solo se permite el servicio de entrega a domicilio de conformidad con las normas de higiene y salud tanto para el embalaje como para el transporte. Los establecimientos de administración de alimentos y bebidas ubicados en las áreas de servicio y reabastecimiento de combustible ubicadas a lo largo de las estaciones de carretera, autopista y ferrocarril, aeropuerto, lago y hospital también están abiertos, lo que garantiza la distancia de seguridad interpersonal de un metros.
  3. Se suspenden las actividades relacionadas con los servicios personales (incluidos peluqueros, peluqueros, esteticistas) con excepción de: lavandería y limpieza de artículos textiles y de pieles; actividades de lavanderías industriales Otras lavanderías, tintorerías, o servicios funerarios y actividades relacionadas.
  4. Los servicios bancarios, financieros y de seguros, así como el sector de procesamiento agrícola, ganadero y agroalimentario, incluidas las cadenas de suministro que suministran bienes y servicios, siguen garantizados, de conformidad con las normas de higiene y salud.
  5. El Presidente de la Región con la ordenanza a que se refiere el artículo 3, párrafo 2, del decreto ley de 23 de febrero de 2020 n. 6, puede programar el servicio proporcionado por las compañías locales de transporte público, incluso si no está programado, con el objetivo de reducir y eliminar los servicios en relación con las intervenciones de salud necesarias para contener la emergencia del coronavirus en función de las necesidades reales y con el único propósito para garantizar los servicios esenciales mínimos. Para contener la emergencia sanitaria del coronavirus, el Ministro de Infraestructura y Transporte, en consulta con el Ministro de Salud, puede organizar la reducción y supresión de los servicios interregionales de automoción y los servicios de transporte ferroviario, aéreo y marítimo
  6. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1, párrafo 1, letra e), del decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2020 y sin perjuicio de las actividades estrictamente funcionales para la gestión de la emergencia, las administraciones públicas aseguran el desempeño en a través del desempeño laboral ordinario de sus empleados en forma ágil, también como excepción a los acuerdos individuales y las obligaciones de divulgación de conformidad con los artículos 18 a 23 de la ley no. 81 e identificar las actividades indiferentes que se harán presentes.
  7. Con respecto a las actividades de producción y actividades profesionales, se recomienda que:
    1. las empresas utilizan al máximo los métodos de trabajo ágiles para actividades que pueden llevarse a cabo en casa o de forma remota;
    2. se alientan las vacaciones y las vacaciones pagadas para los empleados, así como otros instrumentos previstos en la negociación colectiva;
    3. se suspenden las actividades de los departamentos de la empresa que no son indispensables para la producción;
    4. adoptan protocolos de seguridad contra el contagio y, donde no es posible respetar la distancia interpersonal de un metro como la principal medida de contención, con la adopción de herramientas de protección individual;
    5. se alienta el saneamiento del lugar de trabajo, incluso mediante el uso de formas de redes de seguridad social para este propósito;
  8. solo para actividades de producción, también se recomienda que los movimientos dentro de los sitios sean lo más limitados posible y que el acceso a las áreas comunes sea limitado;
  9. en relación con las disposiciones de los números 7 y 8, favorecen, limitado a actividades de producción, acuerdos entre organizaciones de empleadores y sindicatos.
  10. Para todas las actividades no suspendidas, se invita al uso máximo de métodos de trabajo ágiles.
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