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El límite de velocidad en las carreteras secundarias de un solo carril por sentido será de 90 km/h
(Foto: DGT)

El límite de velocidad en las carreteras secundarias de un solo carril por sentido será de 90 km/h

> Furgonetas, camiones y autobuses sólo podrán ir a 80 km/h

jueves 27 de diciembre de 2018, 09:20h

El Gobierno va a aprobar en el Consejo de Ministros de este viernes 28 de diciembre -no será una inocentada- la reducción de la velocidad de las carreteras secundarias. En ellas, esta velocidad máxima pasará de 100 a 90 kilómetros por hora siempre que las carreteras tengan un solo carril por sentido.

La razón es la intención de reducir la siniestralidad y las muertes, ya que la mayor parte de los accidentes mortales tienen lugar en este tipo de vías, según los datos recogidos durante años por la DGT, que desea homologar así la normativa a otros países de la Unión Europea, donde ya se limita a 90 km/h.

La DGT cambiará las señales en un plazo de 30 días. Por cierto que también esta medida incluye novedades a algunos vehículos específicos: furgonetas, camiones y autobuses tendrán como nuevo límite de velocidad 80 km/h, cuando actualmente era de 90.

La DGT lo explica

El Real Decreto modificará el Reglamento General de Circulación (artículo 48) y fijará un cuadro más simplificado de velocidades máximas en las vías. En las carreteras convencionales los límites serán 90 km/h (turismos, motos y autobuses) y 80 km/h (resto de vehículos: furgonetas, camiones y autobuses).

En autovía y autopista habrá 3 límites: para turismos y motos (120 km/h), camiones y furgonetas (90 km/h) y el resto de vehículos, incluidos autobuses (100 km/h).

Como excepción, en vías convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos y motos.

Además, las autocaravanas tendrán un límite de velocidad en función de su masa máxima autorizada y los automóviles con remolque, vehículos de transporte escolar y de menores o mercancías peligrosas seguirán teniendo que circular con un límite de 10 km/h inferior a los citados anteriormente. Y se añade un límite máximo de 30 km/h en las vías sin pavimentar.

La razón de esta medida es que, a nivel internacional, se estima que reducir la velocidad en las vías convencionales es clave para contener la accidentalidad. Según el informe de impacto previo elaborado por el Observatorio de la Seguridad Vial de la DGT, esta norma reducirá “un 10% los fallecidos en estas vías”. “Pequeñas variaciones de velocidad de circulación suponen grandes beneficios en términos de seguridad”, señala Álvaro Gómez, director del Observatorio. Y varios datos apoyan esa idea: en las carreteras convencionales –que soportan el 77% de los fallecimientos en accidentes en vías interurbanas– se producen el 75% de los accidentes con víctimas y la velocidad inadecuada es la causa concurrente en el 20% de los mismos (dato que sube al 37% de los accidentes mortales en vías interurbanas).

Así, en 2017 de los 1.321 fallecidos en vías interurbanas, 1.013 ocurrieron en vías convencionales, “porcentaje que ha oscilado durante los últimos diez años en el intervalo 76-80%”, confirma un informe del Observatorio de Seguridad Vial y la Subdirección General de Movilidad de la Dirección General de Tráfico (DGT). Y la velocidad inadecuada estuvo presente en 400 de esos fallecimientos. Solo en las salidas de la vía con un solo vehículo se produjeron 367 y en la mitad de los casos había velocidad inadecuada. Además, el índice de letalidad –número de fallecidos por cada cien víctimas de accidente– de las vías convencionales es de 2,7, casi el doble al de autovías y autopistas.

Menos velocidad, menos accidentes

“La velocidad tiene influencia directa en la frecuencia y severidad de los accidentes”, señala el informe “Velocidad y Riesgo de Accidente” de 2018 realizado por la OCDE y el Forum Internacional del Transporte (ITF). Este informe recuerda que “con más altas velocidades de conducción, el número de accidentes y su severidad crecen desproporcionadamente” y confirma que reducir la velocidad media 5 km/h en vías interurbanas reduce un 28% los accidentes mortales. Por ejemplo, según el modelo Nilsson –comúnmente aceptado– una subida del 1% en la velocidad media conlleva un crecimiento del 2% en la frecuencia de accidentes con víctimas, del 3% en la frecuencia de accidentes graves y del 4% en el de accidentes mortales.

El estudio de OCDE e ITF concluye que “el diseño de las vías y de los límites de velocidad deben tener en cuenta las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar y sobrevivir” y recomiendan, calificándolo de razonable, un límite de 30 km/h “en todas las áreas donde vehículos motorizados y usuarios vulnerables compartan el mismo espacio”(zonas residenciales, áreas construidas…); en áreas con intersecciones y alto riesgo de colisiones laterales recomienda 50 km/h y en carreteras sin separación de sentidos, para reducir el riesgo en colisión frontal, 70 km/h.

También para la Comisión Europea (CE) la velocidad es determinante en el 30% de los accidentes mortales, y destaca que su exceso aumenta el riesgo de sufrir accidentes y la probabilidad de lesiones graves o de muerte. “La velocidad es clave en la siniestralidad”, resume Peter Broertjers, experto en seguridad de la CE. Y Jesús Monclús, director de Prevención y Seguridad Vial de la Fundación Mapfre, opina que “la reducción de la velocidad es una de las medidas más efectivas contra los accidentes de tráfico”.

Y es que, como señala el informe citado del Observatorio de Seguridad Vial, “la velocidad desempeña un papel fundamental en el tipo de accidente mortal más frecuente en carretera convencional, la salida de la vía”. De hecho, según su director, Álvaro Gómez, “el 36% de las personas fallecidas en carreteras convencionales en 2017 se vieron implicadas en salidas de la vía, de las cuales 1 de cada 2 estuvo relacionada con la velocidad”.

Recientemente Hungría y Suecia redujeron temporalmente sus límites de velocidad en carretera. En el país nórdico, la reducción de 90 a 80 km/h en sus vías redujo un 41% el número de fallecidos.

La velocidad justa no siempre es la que marcan las señales de limitación de la carretera y que constituye la velocidad legal, ni siquiera la aconsejada, también marcada en señales verticales (S-7), sino la de un nuevo concepto que va imponiéndose –velocidad segura– y que apela a la responsabilidad de cada conductor.Hemos intentado explicar estos conceptos en las siguientes infografías

VELOCIDAD MÁXIMA LEGAL

VELOCIDAD PARA ADELANTAR

VELOCIDAD ESPECÍFICA

VELOCIDAD ACONSEJABLE

VELOCIDAD EXCESIVA

ANORMALMENTE REDUCIDA

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