La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut es mucho más dura de lo que quiere admitir el Gobierno. En casi 900 folios, y con cinco votos particulares (Rodríguez-Zapata | Eugeni Gay | Delgado Barrio | Rodríguez Arribas | Vicente Conde), éstas son algunas de las cosas que el Alto Tribunal le ha dicho a Cataluña que no puede hacer:
- "La Constitución no conoce otra que la Nación española": El TC niega que Cataluña sea una "nación" en sentido jurídico porque la "única" que existe es la española.
- El catalán no es "preferente" respecto al castellano en Cataluña.
- La bilateralidad no significa una relación entre iguales y no afecta a competencias estatales
- El referéndum es un tipo de consulta popular que sólo puede autorizar y gestionar el Estado.
- El TC rechaza "la competencia exclusiva" de la Generalitat en la acogida de inmigrantes.
- Avisa que no se puede imponer a una empresa el uso "general, inmediato y directo" de una lengua.
- Valida los referendos de reforma estatutaria, pero porque entiende el Constitucional que se celebran en nombre del Rey.
- El TSJC no es la última instancia y no puede limitar competencias del Supremo.
- El TC señala que los catalanes son "una especie del género ciudadanía española".
- El Estado puede ser también competente en algunas materias exclusivas de Cataluña.
- El TC impide al Parlament crear veguerías alterando los límites provinciales.
- No se puede imponer el deber de conocer el catalán de forma equivalente al del castellano.
- El TC tilda de "evidente exceso" la creación de un Consejo de Justicia de Cataluña.
- El TC anula que el Síndic de Greuges supervise "con carácter exclusivo" la Generalitat.
- Legislar sobre impuestos locales es competencia "exclusiva y excluyente" del Estado.
- El catalán no podrá "imponerse" en administración y medios públicos.
- El TC liquida el carácter vinculante de todos los dictámenes del Consell de Garanties.
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